Olivares C/Yorn

Presidente la Cámara Sexta del Trabajo en Autos N° 13.366 caratulados: "OLIVARES, GLADYS CELINA c/YORN S.A. Y OTS. p/DESPIDO" notifica a Yorn S.A. y Rivol S.A. de ignorado domicilio la resolución dictada a fs. 216 de autos, la que transcripta en su fecha y parte pertinente expresa: "En la Ciudad de Mendoza, a los treinta días de junio del año dos mil nueve:... Resulta:... Y vistos... Resuelve: I- Rechazar la acción dirigida por la actora contra la empresa Yorn S.A. por improcedente e infundada. II- Hacer lugar íntegramente a la demanda y, en consecuencia, condenar a la entidad "Rivol S.A.", a pagar a la actora Gladys Celina Olivares (DNI 17.295.090) dentro del término de cinco días de quedar consentida la presente resolución, la cantidad de Pesos cuarenta y tres mil veintiocho con setenta centavos ($ 43.028,70), en concepto de liquidación final por despido incausado, de los rubros remuneratorios e indemnizatorios admitidos, que incluyen capital nominal y los intereses legales moratorios, calculados al 30 de junio de 2009, debiendo reliquidarse al momento de su efectiva cancelación por la deudora, conforme se resuelve en la Segunda Cuestión de este fallo. II- Imponer las costas del proceso a la Empresa demandada Rivol S.A. en cuanto procede la demanda, omitiendo la imposición de costas por cuanto se rechaza la acción contra la firma Yorn S.A., según se decide en la Tercera Cuestión de esta sentencia. III- Regular los honorarios de los letrados de la actora, conforme al mérito de su labor y respectiva actuación procesal, por lo que procede la demanda, a la Dra. Mirta Zelarayán en $ 2.582; a la Dra. María Luz Corte en $ 1.721 y al Dr. Martín A. Zangrandi en $ 1.721 (Arts. 1, 2, 3, 4, 13 y 31 Ley 3641). IV- Regular los honorarios del Perito Contador...

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