Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala B, 3 de Julio de 2018, expediente CIV 075006/2010/CA002

Fecha de Resolución 3 de Julio de 2018
EmisorCamara Civil - Sala B

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA B 75006/2010 O.H.O. c/ UGOFE SA Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS Buenos Aires, de julio de 2018.- SDB Y VISTOS: CONSIDERANDO:

Vienen las presentes actuaciones al Tribunal, a raíz del recurso de apelación concedido a f. 305, punto II por el Juzgado Civil nro. 37.

La referida vía de impugnación fue interpuesta a f. 254, contra la resolución de f. 251. Ello fue así a partir de lo decidido a fs.

298/299. Los últimos actos procesales mencionados se desarrollaron por ante el Fuero Contencioso Administrativo Federal.

Así, en la providencia de f. 251, el Sr. Magistrado del mencionado fuero dejó sin efecto una anterior resolución dictada a fs.

249/vta. Allí había decretado la caducidad de la instancia, sin advertir que, con anterioridad, se había inhibido para entender en este proceso.

Además en ese mismo pronunciamiento había dispuesto la elevación de las actuaciones a la Corte Suprema de Justicia para dirimir la cuestión de competencia (ver f. 240).

Prosiguiendo con la descripción de lo actuado, surge de autos que el referido recurso de apelación, al considerarse denegado a partir de lo decidido a f.267, motivó el planteo de la queja, decidida por la Alzada de ese fuero a fs. 298/299. Así con fecha 01 de agosto de 2017 se declaró mal denegada la apelación, aunque difirió el tratamiento de la misma, hasta tanto la Corte Suprema se expidiera sobre el conflicto de competencia.

Así con fecha 26 de diciembre de 2017, el Máximo Tribunal determinó que el Juzgado Civil nro 37 resulta el competente para entender en estas actuaciones (ver fs. 277/vta.).

Fecha de firma: 03/07/2018 Firmado por: DR. CLAUDIO RAMOS FEIJOÓ, JUEZ DE CÁMARA Firmado por: DR. O.L.D.S., SUBROGANTE...

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