Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV, 6 de Agosto de 2019, expediente CAF 000042/2017/CA002

Fecha de Resolución 6 de Agosto de 2019
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV Expte. 42/2017/CA2 - CA1 “Ogangi Argentina SA c/ Telecom Personal SA s/

medida cautelar (autónoma)”

Buenos Aires, 6 de agosto de 2019.

VISTO:

El recurso de apelación en subsidio deducido por la parte actora a fs. 256 y vta. contra la providencia de fs. 254, que declaró abstracta la petición precautoria y dispuso el levantamiento de la medida interina oportunamente dispuesta; y CONSIDERANDO:

  1. ) Que, a fs. 2/17, O.S. solicitó —en su calidad de prestadora de servicios de valor agregado— una medida cautelar con el objeto de impedir su desconexión a la red de telefonía móvil de Telecom Personal SA hasta tanto el Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) resolviera los reclamos presentados en esa sede. En este sentido, aludió al expediente 5658/09, iniciado por algunos prestadores de servicios de valor agregado representados por la cámara que los agrupa (CAVAM), al que había adherido mediante presentación del 20 de diciembre de 2016, individualizada como EE 608/13. Tales reclamos pretendían un pronunciamiento sobre la naturaleza y condiciones de los servicios de provisión de contenidos sobre redes móviles.

    Asimismo, la actora había reclamado el otorgamiento de una licencia para la prestación de tales servicios (fs. 92/97).

    La jueza de grado solicitó al ENACOM que informase el estado de trámite de los reclamos referidos y dictó una medida cautelar interina hasta tanto se reciba tal respuesta (fs. 102). Posteriormente, dictó una nueva medida para mejor proveer (tendiente a verificar si el ENACOM ya había resuelto la presentación del 20 de diciembre de 2016 individualizada como EE 608/13 y extendió la vigencia de la tutela interina hasta tanto se resuelva el pedido cautelar (fs. 165 y vta).

    Más tarde, Telecom Personal SA acompañó la resolución 1122/17 dictada por el ENACOM en el expediente 5658/09, por la que este último reguló la contraprestación de los operadores móviles y estableció un plazo para la presentación de los correspondientes contratos de interconexión, o la debida adecuación de los ya vigentes (fs. 167/170) y, sobre dicha base, aquélla solicitó el levantamiento de la medida interina (fs. 171/172 y vta), petición que mereció la oposición de la actora fundada en que aquel reglamento no resolvía la totalidad de los planteos pendientes (fs. 174/177), así

    como el rechazo de la jueza de grado (fs. 178).

    Fecha de firma: 06/08/2019 Firmado por: M.D.D., JUEZ DE...

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