Oficio Judicial N° 6683850-JPICYCN7/18

EmisorJuzgado Provincial
Fecha de la disposición 5 de Marzo de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
JUZGADO PROVINCIAL
JUZGADO DE LA PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL N° 7
CIUDAD DE POSADAS PROVINCIA DE MISIONES
Oficio Judicial E.E. Nº 6.683.850/MGEYA/2018
Carátula: DIRECCION GENERAL DE RENTAS DE LA PROVINCIA DE MISIONES
C/ EL RAPIDO ARGENTINO COMPAÑIA DE MICROOMNIBUS SA S/ EJECUCIÓN
FISCAL
Expte. 102047/16
Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 7 Secretaría Ejecución
Tributaria de la Primera Cirunscripción Judicial de la Provincia de Misiones, con
domicilio en Avda, Santa Catalina N° 1735, Piso 2°, de la Ciudad de Posadas,
Provincia de Misiones, en los autos “Expte. N° 102047/16, DIRECCION GENERAL
DE RENTAS DE LA PROVINCIA DE MISIONES C/ EL RAPIDO ARGENTINO
COMPAÑIA DE MICROOMNIBUS SA s/ Ejecución Fiscal”, notifica a EL RAPIDO
ARGENTINO COMPAÑIA DE MICROOMNIBUS S.A. 30-54622230-2 con último
domicilio en AV RAMOS MEJÍA N° 1680, PISO ALTO, DPTOS 1 y 3, TERMINAL DE
RETIRO que se dicto sentencia de trance y remate que en su parte pertinente dice: “
Posadas, 30 de Junio de 2017. Y VISTOS:… CONSIDERANDO:… FALLO: 1) Mandar
a llevar adelante la ejecución en contra de EL RAPIDO ARGENTINO COMPAÑÍA DE
MICROOMNIBUS S.A., hasta que el acreedor DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
DE LA PROVINCIA DE MISIONES se haga íntegro pago del capital reclamado que
asciende a la suma de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y UN MIL DOSCIENTOS
CUARENTA Y SEIS CON OCHENTA Y SIETE CENTAVOS ($241.246,87) en
concepto de capital liquidado al / / , con más gastos y costas del presente juicio e
intereses según Código Fiscal de la Provincia de Misiones art. 80, y Resoluciones de
la DGR vigentes, desde que la suma es debida y hasta su efectivo pago. 2) Haciendo
efectivo el apercibimiento dispuesto en el art. 41 del C.P.C.C de F y VF notifíquense
las sucesivas resoluciones por Ministerio Ley (Art. 134 del C.P.C.C de F y VF). 3)
Atento al principio objetivo de la derrota -arts. 68 y 508 del C.P.C.C. de F y VF-
impongo las costas a la parte ejecutada, 4) Intímase a la parte demandada a que en el
término de CINCO (5) días de notificada abone la suma de PESOS SIETE MIL
DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE ($7.237) en concepto del pago de Tasa del Fondo
de Justicia bajo apercibimiento de Ley (100 % de multa), Ley XXII N° 37. Notifíquese
personalmente o por cédula. Córrase vista a Dirección de Administración a sus
efectos. 5) Difiero la regulación de honorarios profesionales hasta que se aporten
elementos a tal fin.... Fdo. Dra. Viviana Gamberale de Perez. Juez.” Publíquese DOS
(2) días en Boletín Oficial de Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Liliana Beatriz Krauchuka
Secretaria
Inicia: 5-3-2018 Vence: 6-3-2018
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5327 - 05/03/2018

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