Oficio Judicial N° 34809381/JCAYTN6/19

EmisorPoder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires
Fecha de la disposición14 de Noviembre de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO, ADMINISTRATIVO Y TRIBUTARIO Nº 6
Citación - Oficio Judicial E.E. Nº 34.809.381/MGEYA/AJG/2019
Carátula: ASOCIACIÓN CIVIL POR LA IGUALDAD Y LA JUSTICIA C/ GCBA Y
OTROS S/ AMPARO – EDUCACIÓN-OTROS
Expediente Nº: 8849/2019-0
El Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nº 6 de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sito en Av. de Mayo 654, 1º piso de la CABA, a
cargo de la Dra. Patricia López Vergara, Secretaria N° 11 a cargo de la Dra. Agustina
Payo, informa que en sus estrados tramita un proceso de amparo colectivo caratulado
Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia el GCBA y otros si amparo educación
otros”, expediente n° 8.849/2019-0. Asimismo, informa que la pretensión de fondo se
dirige a que se declare la ilegalidad e inconstitucionalidad de la omisión del GCBA de
controlar, evaluar, fiscalizar y sancionar la práctica discriminatoria en que incurren las
escuelas comunes de gestión privada al negar la matriculación a niños, niñas y
adolescentes en razón de su discapacidad. Ello, por resultar violatoria de los derechos
a la educación, a la igualdad y a la no discriminación. En consecuencia, se requiere
que se condene al GCBA a adoptar las acciones correspondientes para asegurar la
educación inclusiva en las escuelas comunes de gestión privada y a diseñar e
implementar todas las medidas reglamentarias, de difusión, fiscalización y sanción
necesarias a fin de garantizar el cese de dicha práctica discriminatoria y el acceso a
dichas instituciones de todas las personas con discapacidad que soliciten su
inscripción. Cautelarmente, se pretende que se ordene a la demandada que
establezca y difunda canales de denuncias accesibles para que los afectados realicen
los reclamos por negativas de inscripción, los que deberán incluir un procedimiento de
denuncias en línea accesibles que esté disponible a partir de la apertura del período
de inscripción del ciclo lectivo 2020, y que aquellas originen un expediente
administrativo ante la Dirección General de Educación de Gestión Privada. A su vez,
se solicita que se implementen medidas para difundir el derecho de la niñez con
discapacidad a asistir a escuelas comunes privadas y el carácter discriminatorio del
rechazo de la inscripción por motivos de discapacidad, tanto a través de su página
web como en las escuelas privadas. Por otra parte, se informa que el expediente se
encuentra en estado inicial, sin que se haya dispuesto hasta el momento el traslado de
la demanda. Finalmente, se hace saber que el tribunal otorga a toda persona que
tenga un interés jurídico en el resultado del litigio la posibilidad de integrar el proceso
ya sea como actora o demandada; constituir domicilio y manifestar lo que por derecho
corresponda, bajo apercibimiento de continuar con el juicio según su estado. Sólo se
admitirán las presentaciones que aportan nuevos argumentos y/o fundamentos sobre
la cuestión debatida. A tal efecto, se confiere el plazo de diez (10) días que comenzará
a correr a partir de la última publicación del presente edicto o la publicidad efectuada
por radiodifusión o carteleras-lo que ocurra con fecha posterior. Se hace saber que el
expediente se encuentra disponible en Secretaria para su consulta durante el lapso
indicado. Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 04 de noviembre de 2019.
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5742 - 14/11/2019

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