Oficio Judicial N° 16025882/JPICAYTN10/19

EmisorPoder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires
Fecha de la disposición22 de Mayo de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y
TRIBUTARIO Nº 10
Citación - Oficio Judicial E.E. Nº 16.025.882/GCABA/AJG/2019
Carátula: GONZÁLEZ URDA, ELIZABETH NOEMI Y OTRO CONTRA GCBA Y
OTROS SOBRE AMPARO EDUCACIÓN TEMAS EDILICIOS
Causa 78024/2018-0
El Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario nO10 de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sito en Av. Preso Roque Sáenz Peña 636, 4°
piso, a cargo del Dr. Aurelio L. Ammirato, Secretaria nº 19 a cargo interinamente del
Dr. Pablo A. Temponi, en el marco de la causa “González Urda, Elizabeth Noemí y
otros el GCBA y otros si Amparo - Educación - Temas Edilicios(expte. 78024/2018-0),
hace saber a los docentes y alumnos de la Tecnicatura Superior en Protocolo y
Ceremonial y la Tecnicatura Superior en Gestión Ambiental, que se dictan en el
Instituto de Formación en Tecnicatura Superior nº 22, por el plazo común de quince
(15) días hábiles judiciales -que transcurrirá a partir de la publicación-, que si así lo
desean pueden optar, si lo creyesen conveniente, por presentarse en el expediente. El
expediente se hallará disponible en Secretaría para que pueda ser consultado durante
el lapso indicado. Las eventuales presentaciones de los interesados serán admitidas
solamente si aportan una argumentación propia -es decir, que no replique la ya
realizada en la demanda sino que proporcione nuevos fundamentos, a favor o en
contra de la pretensión- cuyo contenido persuada a este estrado de que su
incorporación supone una contribución sustancial al desarrollo del proceso por su
pertinencia al objeto de debate y su relevancia para la decisión del caso. La acción
promovida contra el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires tiene por objeto que se
ordene a la parte demandada el cese en su conducta de proceder al cierre de la
carrera “Tecnicatura Superior en Protocolo y Ceremonial” y que se deje sin efecto el
traslado del edificio donde se cursa la carrera de “Tecnicatura Superior en Gestión
Ambiental” que se dicta en el Instituto de Formación en Tecnicatura Superior nº 22.
Dado, sellado y firmado, por orden del Señor Juez, en la sala de mi público despacho,
a los 14 días de mayo de 2019.-
Pablo A. Temponi
Secretario
Inicia: 22-5-2019 Vence: 24-5-2019
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5622 - 22/05/2019

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