Oficio Judicial N° 10240133/JPICAYTN17/21

EmisorPoder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires
Fecha de la disposición 9 de Abril de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y
TRIBUTARIO Nº 17
Citación - Oficio Judicial E.E. Nº 10.240.133/GCABA/MGEYA/2021
Carátula: ASOCIACIÓN INQUIETUDES CIUDADANAS CONTRA BERGIBU SA Y
OTROS SOBRE DAÑOS Y PERJUICIOS (EXCEPTO RESPONSABILIDAD
DICA)
Causa Nº: 83302/2021-0
El Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nº 17
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a cargo del juez Dr. Marcelo Segón,
Secretaría Nº 34, a cargo del Dr. Federico Guillermo Lucchini, sito en la calle Tacuarí
124, 2° Piso de esta Ciudad, en el marco del expediente “ASOCIACIÓN
INQUIETUDES CIUDADANAS CONTRA BERGIBU SA Y OTROS SOBRE DAÑOS Y
PERJUICIOS (EXCEPTO RESPONSABILIDAD MEDICA)” Número: EXP 83302/2021-
0, de conformidad con lo previsto en los arts. 129 y 130 del Código Contencioso
Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Ley N° 189) hace
saber que se ha otorgado a todas aquellas personas que pudieran tener un interés en
el resultado del litigio, el plazo de diez días para que se presenten en el expediente -
mediante la carga de sus peticiones a través del Portal del Litigante, pudiendo
asesorarse con la Dirección de Informática a tal fin-, constituyan domicilio electrónico y
manifiesten lo que por derecho corresponda, bajo apercibimiento de continuar el juicio
según su estado y sin perjuicio de lo previsto en el art. 84 y siguientes del CCAyT,
corriendo dicho plazo a partir de la última publicidad efectuada aquí, o de la dispuesta
en el Sistema de Difusión Judicial del Departamento de Información Judicial del
CMCABA o en la página web del GCBA o en la Comuna N° 10. En cuanto a las partes,
se hace saber que la acción colectiva fue interpuesta por la ASOCIACIÓN DE
INQUITUDES CIUDADANAS, representada por su presidente, Sr. Mario Augusto
Capparelli contra el GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y
contra BERGIBU SA. Con relación al objeto del presente proceso, la accionante pide
que se condene a la demandada BERGIBU SA, con domicilio en la calle Camarones
5520, Ciudad Autónoma de Buenos Aires a: 1). iniciar y concluir el proceso de
evaluación de impacto ambiental. 2) obtener la constancia de categorización de la
empresa. 3) obtener el certificado de aptitud ambiental. 4) contratar el seguro
ambiental obligatorio que marca la ley 25675 en su art. 22. 5) exhibir la aprobación de
toda la tecnología que existe en la empresa como también la aprobación de su uso. 6)
obtener la habilitación de la ciudad para que, además del armado y reparación de
radiadores dedique sus actividades industriales y comerciales a la fabricación de
autopartes para la industria automotriz. 7) acreditar fehaciente y técnicamente legal, el
funcionamiento de todas las maquinarias de la empresa a los fines de impedir que las
mismas causen el daño ambiental de incidencia colectiva que hasta la fecha han
ocasionado, como así también el daño a las personas. 8) obtener la constancia de
inscripción como generador de residuos peligrosos. 9) obtener el permiso de descarga
de efluentes gaseosos. 10) proceder a la recomposición o remediación de los recursos
suelo y aire y ambiente, agraviado y conculcado por la accionada, en la forma y
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6094 - 09/04/2021

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