Oficiales Nº 10725 de 22 de Mayo de 2009

Fecha de la disposición22 de Mayo de 2009

YAÑO XCVII - TOMO DXXXII - Nº 95 CORDOBA, (R.A.) VIERNES 22 DE MAYO DE 2009 www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialweb@cba.gov.arCOOPERATIVA DE OBRAS, CONSUMO, SERVICIOS PÚBLICOS Y SOCIALES DE LA SERRANITA Acta Nro. 649. - En la localidad de la Serranita, Pcia. De Córdoba, a los dieciséis días del mes de mayo de 2009, en la Sede de la Cooperativa de Obras, Consumo, Servicios Públicos y Sociales de la Serranita, Limitada, sita en la calle Rumipal s/n, se reúne el Consejo de Administración con quórum suficiente sesionar y con la presencia del Síndico, Sr. Rolf Herbener. Siendo las 0950 hrs, se da por iniciada la reunión presidida por el Sr. Osvaldo Lorenti a los fines de tratar los siguientes temas del orden del dí:1) Lectura y consideración del Acta Anterio,2) Depuración del padrón de asociados.Se da comienzo al tratamiento de los tema:1) Lectura y consideración del acta anterior.Se da lectura y es aprobada en todos sus términos sin observacione.2) Depuración del padrón de asociados.El Sr. Lorenti expone que, de acuerdo a lo expresado por el asesor letrado Dr. Ernesto Nadra, hay una necesidad real de depurar el padrón de asociados atento que en el mismo, en la actualidad, figura una gran cantidad de asociados que no tienen servicios o que han fallecido pero siguen manteniendo los servicios a su nombre; además de seguir incluidos en el Libro Registro de Asociados. Afirma que estas situaciones irregulares tienen total trascendencia tanto en lo administrativo interno como en la celebración de las Asambleas creando incertidumbre respecto de la real cantidad de socios conque efectivamente cuenta la Cooperativa. Sostiene que para evitar situaciones de confusión o injustas entre los derechos de los socios, se debería resolver a favor de su depuración.Luego de algunas deliberaciones, por unanimidad, se resuelve depurar el padrón de asociados, con los asientos pertinentes en el libro Registro de Asociados.Se resuelveasimismo otorgar un plazo de 30 (treinta) días a partir de la fecha de las publicaciones o notificaciones, a fin de que los involucrados presenten apelaciones para evitar ser dado de baja, con documentación que acredite los extremos invocados por los mismos; todo ello conforme a la Ley de Cooperativas Nro. 20.337, el Estatuto Social y las Resoluciones del INAES. Asimismo se resuelve notificar a los asociados, la nómina que infra se destalla, mediante la exhibición en los transparentes en la Sede Administrativa de la Cooperativa y de la...

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