Oficiales Nº 16690 de 03 de Julio de 2008

Fecha de la disposición 3 de Julio de 2008

Y AÑO XCVI - TOMO DXXII - Nº 129 CORDOBA, (R.A.) JUEVES 10 DE JULIO DE 2008 www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialweb@cba.gov.arCAJA DE PREVISIÓN SOCIAL PROFESIONALES DE CIENCIAS ECONOMICAS DE LA PROVINCIA DE CORDOBA Resolución General N° 09/2008. Convocatoria a Elecciones Generales. Visto: El Art. 33 de la Ley 8349 de creación de la Caja de Previsión Social para Profesionales en Ciencias Económicas de la Provincia de Córdoba, que dispone que las elecciones se realizarán conforme lo deter- mine la reglamentación vigente. Considerando: Que de acuerdo al último párrafo del Art. 33 de la Ley 8349 las elecciones se realizarán conforme lo determine la reglamentación, preferentemente con el acto eleccionario del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Córdoba. Que la Resolución General N° 04/99, en la interpretación y reglamentación del artículo 33 de la ley 8349, establece "Las elecciones se realizarán conforme al reglamento electoral vigente, Resolución General N° 03/96, sus complementarias y modificatorias, o las que en el futuro las sustituyan; y deberán llevarse a cabo en forma simultánea con la del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Córdoba". Que el espíritu de estas normas es economizar esfuerzos y erogaciones para ambas instituciones, evitando el desgaste que significa convocar a distintos actos eleccionarios a un mismo colectivo de matriculados en distintas fechas. Que de acuerdo al Art. 69 del Decreto 1676-A-49 que reglamenta el funcionamiento del Consejo dispone que las elecciones de Consejeros Titulares y Suplentes se harán cada dos años en el mes de agosto. Que la Ley Provincial...

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