ODDINO SOCIEDAD DE BOLSA S.A.

Fecha de la disposición 9 de Marzo de 2015

ODDINO SOCIEDAD DE BOLSA S.A.

Por Esc. 105 del 24/2/15 Registro 81 CABA, se protocolizó el Acta de Asamblea General Extraordinaria Unánime del 12/1/15 que resolvió: 1. Modificar el artículo primero del estatuto social, estableciéndose que con la denominación de NEGOCIOS FINANCIEROS Y BURSÁTILES S.A., continua funcionado la sociedad originariamente constituida con la denominación de Oddino Sociedad de Bolsa S.A.; 2. Modificar el artículo tercero del estatuto social, quedando el objeto redactado así: “La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros, o asociada a terceros, en cualquier lugar de la República Argentina o del exterior, con sujeción a las leyes del respectivo país, a las siguientes actividades: a) COMERCIALES: I. De Agente de Negociación, de conformidad a lo dispuesto por la Ley número 26.831 y las Normas de la Comisión Nacional de Valores (N. T. 2013), por lo que podrá actuar en la colocación primaria y en la negociación secundaria a través de los Sistemas Informáticos de Negociación de los Mercados autorizados, ingresando ofertas en la colocación primaria o registrando operaciones en la negociación secundaria, tanto para cartera propia como para terceros clientes, cumpliendo con las normas dispuestas a estos efectos por la Comisión Nacional de Valores. II. De Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Propio, de conformidad a lo dispuesto por la Ley número 26.831 y las Normas de la Comisión Nacional de Valores (N. T. 2013), por lo que además de desarrollar las actividades propias de los Agentes de Negociación, podrá solamente intervenir en la liquidación y compensación de operaciones (colocación primaria y negociación secundaria) registradas para cartera propia y sus clientes, siendo responsables del cumplimiento ante los Mercados y/o las Cámaras Compensadoras de las obligaciones propias y de sus clientes. III. De Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral, de conformidad a lo dispuesto por la Ley número 26.831 y las Normas de la Comisión Nacional de Valores (N. T. 2013), por lo que además de desarrollar las actividades propias de los Agentes de Negociación, podrá intervenir en la liquidación y compensación de operaciones (colocación primaria y negociación secundaria) registradas para cartera propia y sus clientes, como así también prestar el mencionado servicio de liquidación y compensación de operaciones a otros Agentes de Negociación registrados ante la...

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