Obras sociales: diez claves de los cambios en el sistema, que abrieron un conflicto con las prepagas

El DNU 70 liberó los precios de las prepagas y amplió la desregulación del sistema de obras sociales

El Gobierno reglamentó, a través de tres decretos publicados el miércoles último en el Boletín Oficial, los cambios en el sistema de obras sociales dispuestos por el DNU 70, que el presidente Javier Milei firmó en diciembre último. Según lo establecido, el nuevo esquema regirá ya a partir del 1° de marzo, aunque para su puesta en práctica aún faltan disposiciones normativas, según se desprende de los propios decretos.

Entre las modificaciones, se incluye la posibilidad de que los empleados y monotributistas driven sus aportes a una prepaga de forma directa, sin la necesidad hoy existente de afiliarse a una obra social que actúe como intermediaria. Sin embargo, para que esa posibilidad exista realmente, la entidad privada deberá estar inscripta en un registro de adhesión voluntaria. Hoy por hoy, los directivos evalúan si les conviene ingresar en ese esquema y hay muchas dudas sobre si eso ocurrirá en muchos casos. Pero otro tema, que generó malestar, prevalece en el análisis de las medidas: la imposición de un nuevo costo para los planes en los que se usen aportes y contribuciones para el pago, que, según las entidades, se trasladará a precios. A continuación, los principales ejes de los cambios.

  1. ¿Qué cambia en el esquema de libre elección de la obra social para los trabajadores?

    La desregulación del sistema nacional de obras sociales, que abrió la posibilidad de no estar en la entidad sindical propia de cada actividad, se inició en 1993. Dentro de ese esquema, que habilita a hacer una opción una vez por año, hoy es posible derivar a una prepaga los aportes y las contribuciones que hacen al sistema de salud empleados y empleadores. Pero esa derivación se hace a través de una obra social con la que se firma un convenio: esa obra social recibe los aportes y los deriva, descontada una comisión, a la entidad privada. Ahora, sin que se anulen los contratos con triangulación, las prepagas podrán captar los aportes de manera directa, pero solo si deciden voluntariamente anotarse en un registro.

  2. ¿Se podrá ejercer la opción por alguna entidad desde el inicio de la relación laboral?

    Sí. Este es uno de los cambios más significativos incluidos en el DNU. Hasta ahora, quienes ingresan a un trabajo deben permanecer por lo menos un año en la obra social correspondiente a la actividad antes de poder ejercer el derecho a opción. Esa restricción existía en los años 90, luego fue eliminada y, finalmente, fue repuesta en 2021 por un decreto del expresidente Alberto Fernández.

  3. ¿Quiénes están incluidos en el sistema de opción entre obras sociales y prepagas?

    La posibilidad de elegir abarca a los trabajadores bajo relación de dependencia (con excepciones, como la de quienes están afiliados a obras sociales de empleados públicos provinciales...

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