Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix, 29 de Noviembre de 2023, expediente CNT 029737/2023/CA001

Fecha de Resolución29 de Noviembre de 2023
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix

Poder Judicial de la Nación SENTENCIA INTERLOCUTORIA

EXPTE. N° CNT 29737/2023 SALA IX JUZGADO Nº 31

AUTOS: “OBRA SOCIAL DE LOS EMPLEADOS DE COMERCIO Y

ACTIVIDADES CIVILES – MASTRANGELO HECTOR RUBEN C/ASOCIART ART

S.A. S/OTROS RECLAMOS”

En la ciudad de Buenos Aires, en la fecha que figura en el sistema Lex 100.

VISTOS:

Llegan las presentes actuaciones en razón del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la resolución dictada en fecha 26/9/2023, mediante la cual la Sra. Juez a quo declaró la incompetencia de la Justicia USO OFICIAL

Nacional del Trabajo.

Requerida la opinión del Sr. Representante del Ministerio Público Fiscal, se expidió en los términos que se desprenden del dictamen de fecha 21/11/2023.

Y CONSIDERANDO:

  1. Que, este Tribunal comparte lo dictaminado por el Sr. Fiscal General Interino ante esta Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo en su Dictamen Nº 2828/2023 del 21/11/2023, a cuyos fundamentos y conclusión -que han de considerarse parte integrante del presente pronunciamiento-

    corresponde remitir en razón de brevedad, en cuanto propone confirmar lo resuelto en la instancia de grado en relación a la falta de aptitud jurisdiccional de esta Justicia Nacional del Trabajo para entender en la contienda.

    Al respecto, cabe señalar que en la especie la Obra Social de los Empleados de Comercio y Actividades Civiles promovió demanda ordinaria contra Asociart ART S.A.,

    persiguiendo el reintegro de los gastos en que incurriera derivados de las prestaciones médicas que recibió uno de sus afiliados como consecuencia de la enfermedad COVID-19. Funda su petición en que la accionada, en su carácter de aseguradora de riesgos del trabajo, sería la responsable del Fecha de firma: 29/11/2023

    Alta en sistema: 30/11/2023

    Firmado por: MARIO SILVIO FERA, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: R.C.P., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: G.F.M., SECRETARIO DE CAMARA

    otorgamiento de las prestaciones en especie médico-

    asistenciales, las que, según su tesitura, debió haber otorgado al trabajador individualizado en el escrito inicial,

    en función de considerar como profesional la patología alegada (COVID-19) padecida por aquél, conforme decreto 367/20. Invoca como fundamento el art. 915 inc. b) del CCC

    (ver apartados II y IV del libelo inicial).

    Desde dicha perspectiva, se advierte que los sujetos de la presente acción de repetición no integran una relación laboral típica y, por lo tanto, no puede juzgarse a la misma...

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