Obligaciones Negociables Serie Xiv

Fecha de Entrada en Vigor26 de Abril de 2018
EmisorRogiro Aceros S.A.
Fecha de la disposición25 de Enero de 2018

ROGIRO ACEROS S.A.

OBLIGACIONES NEGOCIABLES SERIE XIV

Conforme al artículo 10 de la ley 23.576 se hace saber que por reunión de directorio del 1-03-2018, se aprobó la emisión de la décima cuarta serie de obligaciones negociables conforme a los siguientes datos. (las “Obligaciones Negociables Serie XIV” u “ON Serie XIV”) las que serán complementadas con las condiciones establecidas en el Suplemento de Prospecto a publicar en el/los boletín/ines informativo/s del/ de los Mercados donde las ON Serie XIV se listen y en la Autopista de la Información Financiera de la CNV (www.cnv.gob.ar) (“AIF”) (el “Suplemento de Prospecto”). Monto: Hasta V/N $ 80.000000. Vencimiento: Salvo que de otro modo se especifique en el Suplemento de Prospecto, el vencimiento de la serie se producirá el 31 de marzo de 2020 (la “Fecha de Vencimiento”). Fecha de Pago de Servicios: Salvo que en el Suplemento de Prospecto se indique de otra forma, los servicios de intereses y de amortización de las ON Serie XIV serán pagaderos en las fechas de pago de servicios que se indiquen en el cuadro de pago de servicios indicado en el Aviso de Colocación (el “Cuadro de Pago de Servicios”). Si la fecha fijada para el pago fuera un día inhábil, quedará pospuesta al Día Hábil siguiente, devengando intereses por el o los días que se posponga el vencimiento. Las obligaciones de pago se considerarán cumplidas y liberadas en la medida en que la Emisor ponga a disposición de Caja de Valores S.A. los fondos correspondientes. Se entenderá por “Día Hábil” cualquier día lunes a viernes, salvo aquellos en los quelos bancos están obligados a cerrar en la ciudad de Rosario y/o Buenos Aires. Servicios de Interés: Salvo que en el Suplemento de Prospecto se indique de otra forma, los intereses se pagarán en forma trimestral (salvo el primer pago que será irregular), comenzando el primer pago el día 30 de septiembre de 2018. Las ON Serie XIV devengarán intereses a una tasa nominal anual variable equivalente a la Tasa Badlar más un Diferencial de Tasa a licitarse durante el Período de Licitación). Se podrá prever que para uno o más Períodos de Interés la tasa de interés (suma de la Tasa Badlar más el Margen Diferencial) podrá tener un mínimo que será informado al público inversor en un aviso complementario al Aviso de Colocación (la “Tasa de Interés Mínima” y el “Aviso de Colocación Complementario”, respectivamente). Los intereses se devengarán entre la Fecha de Emisión (inclusive) y la primera Fecha...

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