Emisión de Obligaciones Negociables Pymes por Hasta V/ N$ 7. 000. 000 Serie V.

EmisorRegional Trade S.A.
Fecha de la disposición13 de Diciembre de 2010

EMISIÓN DE OBLIGACIONES

NEGOCIABLES PYMES

Por hasta V/N$ 7.000.000 Serie V.

Conforme al art. 10 de la Ley 23.576 Regional Trade S.A. (la “Sociedad”), por asamblea de fecha 9 de Noviembre de 2010 y Resolución de directorio del 10 de Noviembre de 2010 se aprobó una Emisión de Obligaciones Negociables (las Obligaciones Negociables Serie V”: o las “ON Serie V), conforme a los siguientes datos: A.- CONDICIONES DE EMISIÓN DE LA SERIE V: 1.- Monto de las ON Serie V: Hasta $ 7.000.000 (pesos siete millones). 2.- Vencimiento: A los 12 meses desde la Fecha de Integración (siendo ésta el segundo Día Hábil posterior al cierre del periodo de colocación, en que ha de integrarse el precio de suscripción de las Obligaciones Negociables Serie V). 3.- Servicios de Interés: En concepto de renta se pagará en forma mensual un interés variable equivalente a la Tasa de Referencia más un Diferencial de Tasa a licitarse en el momento de la colocación, con un mínimo del 15% y un máximo del 25% nominal anual devengado desde la Fecha de Integración -para el primer servicio- o desde la Fecha de Pago de Servicios anterior para los restantes-, hasta la Fecha de Pago de Servicios correspondiente (el “Período de Devengamiento”). El rendimiento se calculara sobre el saldo de capital, considerando para su cálculo 360 días (12 meses de 30 días). La Tasa de Referencia es la Tasa Badlar, que es el promedio de las tasas de interés para colocaciones a plazo fijo en bancos privados en pesos por un plazo de entre 30 (treinta) y 35 (treinta y cinco) días para operaciones por un monto mayor a un millón de pesos, elaborada y publicada por el Banco Central de la República Argentina. A fin de calcular los intereses, se tomará el promedio de las Tasas de Referencia publicadas durante (a) el mes calendario anterior a la Fecha de Integración, para el primer Servicio y (b) durante el Período de Devengamiento anterior, para los siguientes. El Diferencial de Tasa es la tasa adicional que se pagará por sobre la Tasa de Referencia, expresada como una cantidad de puntos básicos, y que se determinará a través del sistema Holandés al finalizar el Periodo de Colocación. Una vez determinado el Diferencial de Tasa se publicará el mismo en el Boletín de la Bolsa de Comercio de Rosario. 4.- Pagos de Servicios: Los intereses y/o amortizaciones (“Servicios”) respecto de las ON Serie V serán pagaderos en las Fechas de Pago de Servicios indicadas en el Cuadro de Pago de Servicios. Si la fecha fijada para...

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