Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 16 de Mayo de 2001, expediente Ac 80714

PresidenteHitters-Pettigiani-de Lázzari-Pisano-Negri
Fecha de Resolución16 de Mayo de 2001
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

Ac. 80.714 “N., J.A.c., J.M.C. ejecutivo. R.. de queja”.

//Plata, 16 de mayo de 2001.

AUTOS Y VISTO:

Que tratándose de un juicio ejecutivo, la apertura de la instancia extraordinaria tiene lugar cuando la cuestión suscitada desborda la estructura formal del proceso y tal cuestión no puede ser reeditada en una oportunidad ulterior (“Acuerdos y Sentencias”, 1985-II-740; Ac. 42.581, 4-VII-1989; Ac. 52.805, 20-IV-1993; Ac. 62.116, 5-III-1996).

Que, en el caso, la decisión de la Cámara que, confirmando el fallo de primera instancia, rechazó la excepción de falsedad de título, reviste carácter definitivo en los términos del art. 296 del Código Procesal Civil y Comercial, desde que los agravios allí expuestos no podrán...

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