Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Viii, 13 de Abril de 2023, expediente CNT 035364/2016/CA001

Fecha de Resolución13 de Abril de 2023
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Viii

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo Sala VIII

Expediente Nº CNT 35364/2016/CA1

JUZGADO Nº 32

AUTOS: “NUÑEZ M., I.C. c. SWISS MEDICAL

ART S.A. s. ACCIDENTE - LEY ESPECIAL”

En la Ciudad de Buenos Aires, a los 13 días del mes de abril de 2023, se reúnen en acuerdo los jueces de la Sala VIII

de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo para dictar sentencia en la causa del epígrafe, y, de acuerdo con el resultado del sorteo realizado, proceden a votar en el siguiente orden:

EL DOCTOR VICTOR A. PESINO DIJO:

USO OFICIAL

  1. La sentencia de grado rechazó la acción iniciada en la cual se reclama, como consecuencia de un accidente in itinere, una posterior muerte por falla cardiovascular. La misma fue apelada por la parte actora.

  2. En las presentes actuaciones nos encontramos ante un accidente in itinere en la cual el trabajador fue atacado con intención de robo y, en tal evento, resultó con dos heridas cortantes, una en el abdomen y otra en el glúteo.

    El hecho ocurrió el día 06.09.2014. El deceso el día 31.10.2014.

    La perito médica designada en autos señala que no puede determinar,

    en términos médicos, el vínculo entre el paro cardiovascular con el evento brevemente relatado porque no puede asegurar si el mismo se produjo por el desarrollo por S. postraumático o a la afección cardíaca por diabetes severa (ver fs. 173).

    No concuerdo con lo señalado por la experta ni por lo resuelto en grado. Ya sea por un estrés postraumático o por una afección cardíaca por diabetes severa, entiendo que el evento vivenciado el 06.09.2014 fue la causa que desencadenó el infarto. Me explico.

    El trabajador padecía de diabetes. Esta enfermedad es uno de los principales factores de riesgo cardiovascular, ya que tiende a producir Fecha de firma: 13/04/2023

    Firmado por: V.A.P., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: L.A.C., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: C.R.G., SECRETARIA DE CAMARA

    1

    arterosclerosis1 –con el consecuente estrechamiento o disminución del riego sanguíneo-. La cardiopatía isquémica y sus manifestaciones clínicas (angina,

    infarto), producida por la afectación de las arterias coronarias, suelen ser más graves que en los pacientes que no padecen diabetes, ya que el daño es más difuso y extenso2.

    Además, en los diabéticos se afecta el músculo del corazón (miocardio) disminuyendo su capacidad de contracción, por lo que aumenta el riesgo de insuficiencia cardíaca.

    Esa enfermedad tiene, también, la capacidad de afectar los nervios (neuropatía) que irrigan el corazón3 y provocan alteraciones del ritmo cardíaco e incluso pueden disminuir la sensibilidad al dolor, por lo que puede suceder que un paciente diabético pueda sufrir un infarto “silente” es decir, sin dolor4.

    Por su parte, en una situación de estrés, las hormonas que esta situación activan, pueden afectar directamente los niveles de glucosa 5, ya que al elevarse aquellas, las células nerviosas se activan, se libera adrenalina y cortisol en el torrente sanguíneo y el ritmo respiratorio aumenta, la sangre se dirige a los músculos y es posible que el cuerpo no pueda procesar la glucosa liberada por las células nerviosas en funcionamiento si la persona padece de diabetes y, al no convertirse en energía, la glucosa se acumula en el torrente sanguíneo.

    Los niveles altos de glucosa sanguínea aumenta el riesgo de tener un ataque cardíaco.

    En un ataque cardíaco6, a diferencia de un paro, el corazón no deja de bombear sangre sino que parte del músculo no recibe la suficiente cantidad de sangre debido al daño que se produce en los vasos sanguíneos, daño provocado por la diabetes. Después de experimentar un ataque de este tipo, los enfermos de diabetes tienen un mayor riesgo de insuficiencia cardíaca que quienes no tienen tal afección.

    1

    https://www.intramed.net/contenidover.asp?contenidoid=23880

    2

    http://scielo.sld.cu/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1729-519X2017000200008#:~:text=CONCLUSIONES-,La %20diabetes%20impone%20mayor%20riesgo%20de%20padecer%20cardiopat%C3%ADa%20isqu%C3%A9mica %2C%20la,tenido%20anteriormente%20un%20infarto%20mioc%C3%A1rdico.

    3

    https://www.mayoclinic.org/es-es/diseases-conditions/diabetic-neuropathy/symptoms-causes/syc-20371580

    4

    https://secardiologia.es/blog/1851-incidencia-infartos-silentes-diabeticos 5

    https://dtc.ucsf.edu/es/tipos-de-diabetes/diabetes-tipo-2/comprension-de-la-diabetes-tipo-2/como-procesa-el-azucar-

    el-cuerpo/azucar-en-sangre-y-estres/#:~:text=estr%C3%A9s%20emocional%20importante.-,Cuando%20est %C3%A1%20estresado%2C%20el%20cuerpo%20se%20prepara%20a%20s%C3%AD%20mismo,m%C3%A1s %20glucosa%20desde%20el%20h%C3%ADgado.

    6

    https://www.fbbva.es/microsites/salud_cardio/mult/fbbva_libroCorazon_cap30.pdf Fecha de firma: 13/04/2023

    Firmado por: V.A.P., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: L.A.C., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: C.R.G., SECRETARIA DE CAMARA

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    Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo Sala VIII

    Expediente Nº CNT 35364/2016/CA1

    Si bien es común que los síntomas previos a una falla cardíaca aparezcan con pocas horas de anticipación, también existen episodios en los cuales los primero síntomas se han manifestado semanas e incluso hasta un par de meses antes7. Cabe recordar que el trabajador murió poco tiempo después del robo.

    No era desconocido que el actor padecía, tal como señalé al inicio,

    diabetes. Del informe médico surge que se detectó neuropatía. Es decir que el trabajador no sólo tenía un antecedente de riesgo sino que se detectó una falla concreta vinculada al sistema circulatorio.

    No puede negarse que el grave evento sufrido, en el cual pudo ciertamente temer por su vida, tiene que haber desencadenado un estrés muy grande, por lo que es altamente probable que haya sufrido el proceso hormonal antes descripto. De ahí en más, el desencadenamiento de una afección coronaria USO OFICIAL no era algo imprevisible.

    He de hacer notar que la propia perita refirió que el paro cardiorrespiratorio tiene como una de las causas más típicas, los trastornos cardíacos o metabólicos previos.

    La posibilidad de haber mermado los daños causados por el evento,

    en relación al sistema cardiovascular, podría haberse mitigado de haberse realizado un estudio puntual y dar la medicación correspondiente.

    He de recordar que la obligación de las ART es siempre, en primer término, la prevención y, en caso como el que aquí convoca, si no...

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