Sentencia de CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B - SECRETARIA CIVIL, 12 de Noviembre de 2018, expediente FRO 058694/2018/CA001

Fecha de Resolución12 de Noviembre de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B - SECRETARIA CIVIL

1 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B Civil/Int. Rosario, 12 de noviembre de 2018.

Visto, en Acuerdo de la Sala “B”, el expediente nº FRO 58694/2018/CA1, caratulado “NUÑEZ, M.I. (en representación de R.N.M.P.) c/ La Pequeña Familia y otro s/ Amparo contra Actos de Particulares”

(originario del Juzgado Federal de la ciudad de Venado Tuerto).

Vienen los autos a estudio a fin de resolver el recurso de apelación interpuesto por la demandada (fs. 61/62), contra la sentencia del 14 de septiembre de 2018 que impuso las costas a la demandada (fs. 59/60 y vta.).

Concedido y fundado el recurso, se corrió el traslado de los agravios (fs. 63), los que fueron contestados por la contraria (fs. 64/65).

Elevados los autos a la alzada e ingresados por sorteo informático en esta Sala “B”, quedaron en condiciones de ser resueltos (fs. 71).

El Dr. Bello dijo:

  1. ) La demandada sostiene que en la sentencia se han valorado de forma errónea las circunstancias del caso lo que motivó la imposición de costas a su parte.

    Señala que ante la primera intimación realizada por la parte actora a fin de dar la cobertura del medicamento que –según refirió la actora, sin acompañar orden médica- habría sido indicado por la médica tratante, su parte no le negó la cobertura sino que solo se le solicitó que presentara la pertinente orden médica, requisito básico para la cobertura de cualquier medicación.

    Agrega que no obstante dicha indicación médica nunca fue presentada por la actora, su mandante fue notificado de un pedido de informe solicitado por el sentenciante previo al dictado de la medida cautelar a fin de que ACR SA informe las razones de la negativa invocada por la amparista.

    Relata que ante ello se solicitó el 08/08/18 nuevamente la presentación de una prescripción médica con firma y sello de un profesional de Fecha de firma: 12/11/2018 Alta en sistema: 13/11/2018 Firmado por: N.M., Secretaria de Cámara Firmado por: EDGARDO BELLO, Juez de Cámara Firmado por: J.G.T., Juez de Cámara #32284025#221449287#20181112112257722 la salud para acceder a dicha cobertura, y a pesar de ello se resolvió el 09/08/18 dictar la medida cautelar ordenando se provea y cubra el 100% del medicamento Strattera (A.) 40 mg., capsulas, conforme lo prescripto por la Dra. C.N.I..

    Indica que ante la notificación de dicha medida cautelar se hizo saber que el medicamento se encontraba autorizado al 100% en relación a la prescripción suscripta por la médica tratante el...

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