Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - SALA D - CAMARA EN LO COMERCIAL, 18 de Marzo de 2014, expediente 39289/2008

Fecha de Resolución18 de Marzo de 2014
EmisorSALA D - CAMARA EN LO COMERCIAL

Poder Judicial de la Nación CNCom, D, 39289/2008. NUÑEZ DEOTINO ROBERTO S/ TERCERIA DE DOMINIO EN CITIBANK NA C/

ZAJKO DARIO GUSTAVO S/ EJECUCIÓN PRENDARIA. JUZGADO 6 (11).

Buenos Aires, 18 de marzo de 2014.

  1. En virtud de lo solicitado en fs. 523, y ponderando las presentaciones de fs. 386/389 y fs. 423/424, regúlanse en $ 23.200 (pesos veintitrés mil doscientos) y en $ 19.400 (pesos diecinueve mil cuatrocientos) los honorarios del letrado apoderado de la parte actora, G.A.S., respectivamente (art. 14 de la ley 21.839).

  2. En cuanto a los emolumentos de las tareas que motivaron la decisión de fs. 468, dado que los estipendios correspondientes a las labores de primera instancia a ese respecto no se encuentran firmes (v. fs. 524) y siendo que los mismos son necesarios para establecer la retribución relativa a esta instancia (ley citada), aprecia la Sala que –en estas condiciones– no resulta prudente acceder a lo peticionado (esta S., 18.2.09, "Sociedad Comercial del Plata S.A. s/

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