Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi, 17 de Mayo de 2017, expediente CNT 033943/2014/CA001

Fecha de Resolución17 de Mayo de 2017
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VI SENTENCIA DEFINITIVA Nº 69678 SALA VI Expediente Nro.: CNT 33943/2014 (Juzg. Nº 40)

AUTOS: “NUÑEZ DANIEL OSVALDO C/ GALENO ART S.A. S/ ACCIDENTE –

LEY ESPECIAL”

Buenos Aires, 17 de mayo de 2017.

En la Ciudad de Buenos Aires reunidos los integrantes de la Sala VI a fin de considerar los recursos deducidos en autos y para dictar sentencia en estas actuaciones, practicando el sorteo pertinente, proceden a expedirse en el orden de votación y de acuerdo con los fundamentos que se exponen a continuación.

LA DRA. G.L.C. DIJO:

Llegan los autos a esta Alzada con motivo de los agravios que, contra la sentencia de primera instancia de fs.129/131, interpusiera la parte actora a tenor del memorial obrante a fs. 133.

Por su parte, el letrado apoderado del demandante, por derecho propio, apela por bajos los honorarios que le fueron regulados en grado (ver fs.133, punto II).

Fecha de firma: 17/05/2017 Alta en sistema: 23/05/2017 Firmado por: G.L.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.A.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.S.R., SECRETARIA DE CAMARA #21075655#164843138#20170517121605395 Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VI La Señora Jueza “a quo”, en el marco de una acción por accidente de trabajo “in itinere” fundada en las leyes 24.557 y 26.773, admitió la pretensión del actor. Para así decidir consideró que, de la prueba pericial médica producida en la causa (ver fs. 97/104), surgía acreditado que éste presentaba una incapacidad parcial y permanente del 6,9% de la T.O. como consecuencia del infortunio que había sufrido el 24/1/2014. En este contexto y siguiendo la doctrina fijada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa “E., D.L. c/Provincia ART S.A. s/Accidente – Ley Especial” juzgó

que el demandante debe ser resarcido conforme las pautas que establece el art.14 ap.2 inc.a) de la Ley 24.557 y del decreto 1694/09. A tal fin tuvo presente la edad del trabajador a la fecha del infortunio (55 años) y el ingreso base mensual de $14.319,74, que fue consentido por las partes y condenó a GALENO S.A. a abonarle a NUÑEZ la suma de $61.793,40 ($14.319,74 x 1,18 x 6,9 x 53/100), habiendo verificado que dicha indemnización supera el monto mínimo establecido por el art. 4 del decreto 1694/09, actualizado conforme Res. 34/2013 ($476.649 x 6,9%: $32.888,78). Por otra parte, desestimó el reclamo basado en el art. 3 de la ley 26.773 con...

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