El nuevo impuesto de plusvalía entró en vigor para quienes compren, hereden o reciban una propiedad

Los ayuntamientos aplicarán el impuesto de plusvalía a las propiedades

El nuevo impuesto de plusvalía, que deben pagar quienes compren, hereden o reciban en donación un inmueble, ya entró en vigor. Los contribuyentes tienen ahora dos opciones para calcular la base imponible del tributo: la ganancia real obtenida o un método objetivo, parecido al sistema anterior, en el que el valor catastral del terreno se multiplica por unos nuevos coeficientes que varían en función de los años transcurridos desde la adquisición de la vivienda hasta su transmisión. Los ayuntamientos podrán rebajar estos coeficientes, pero mientras no adapten sus ordenanzas fiscales a la nueva norma -tienen seis meses para hacerlo- deberán aplicar los topes máximos que ha fijado el Ministerio de Hacienda .

Así lo señala la norma publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) que reforma el impuesto: "Los ayuntamientos que tengan establecidos el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana -el nombre oficial del impuesto de plusvalía- deberán modificar, en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de este real decreto-ley, sus respectivas ordenanzas fiscales para adecuarlas a lo dispuesto en el mismo". Y añade: "Hasta que entre en vigor la modificación (...) resultará de aplicación lo dispuesto en este real decreto-ley, tomándose, para la determinación de la base imponible del impuesto, los coeficientes máximos establecidos".

Los nuevos coeficientes que ha fijado Hacienda son techos máximos que los municipios pueden modular y que serán revisados cada año para reflejar la evolución del mercado, previsiblemente a través de los Presupuestos Generales del Estado. En líneas generales, son más elevados que los coeficientes anteriores para las compras más recientes y más bajos para las más antiguas, en especial para aquellas operaciones realizadas durante la crisis financiera: a quienes revendan ahora una vivienda comprada entre 2008 y 2011 se les aplicará el menor factor de la tabla.

También se gravarán las operaciones de menos de un año, que pueden tener naturaleza más especulativa y hasta ahora estaban exentas. Y se permitirá a los ayuntamientos rebajar el valor catastral del suelo hasta un 15% únicamente para este tributo.

La reforma llega después que el Constitucional tumbara, en un fallo del pasado 26 de octubre, el sistema para calcular la base imponible del tributo. La plusvalía municipal, oficialmente Impuesto sobre el Incremento de...

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