Nuevo control antievasión para el agro

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) puso en marcha un sistema de control de datos "biométricos" para los operadores de granos, que los obligará a brindar nuevos datos antes de fines de octubre para mantenerse inscriptos en el registro fiscal.La resolución N° 3163/2011 del organismo que conduce Ricardo Echegaray dispuso que hasta el 26 de octubre los operadores del sector se anoten en las agencia de la AFIP con el registro digital de la fotografía, firma y huella dactilar, junto con la exhibición del documento de identidad para ser escaneado.La norma, dictada la semana pasada, se inscribe dentro de otra de 2009, que dispone que todos los nuevos contribuyentes de la AFIP tengan su "DNI fiscal". Ya hay 600.000 personas que pasaron por las oficinas de la Dirección General Impositiva (DGI) en los últimos 24 meses.El objetivo es, indicaron fuentes de la AFIP a LA NACION, "combatir a los denominados carpeteros, que crean figuras ficticias para acceder a beneficios fiscales, como, en este caso, a la devolución del IVA".A quiénes incluyeSe encuentran obligados las siguientes personas físicas o sus apoderados mencionados en el artículo 2º de la RG Nº 2595, que están autorizados a utilizar la Carta de Porte:Los productores de granos que se encuentren inscriptos en carácter de tales, a la fecha de solicitud, ante la AFIP.Los operadores del comercio de granos que se encuentren inscriptos en el "Registro Unico de Operadores de la Cadena Comercial Agropecuaria Alimentaria", de acuerdo con la resolución N° 7953/2008 de la Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario (Oncca).También, los comprendidos en el título II de la resolución general N° 2300 (registro fiscal de operadores): productores agropecuarios, acopiadores, consignatarios, desmotador de algodón, corredor de cereales, mercado de cereales a término, arrendador comerciante de granos, contratista rural, aplicador aéreo, proveedor de insumos y bienes de capital y profesionales (que recibe granos por el pago de sus servicios profesionales). Junto con ellos figura la genérica categoría de "otros".El tributarista Héctor Tristán explicó a LA NACION las consecuencias del incumplimiento de esta norma, que hasta ahora no generó críticas por parte de la dirigencia del agro:La suspensión en el "Registro Fiscal de Operadores en la Compraventa de Granos y Legumbres Secas", reglamentado por la Resolución General Nº 2300, sus modificatorias y complementarias.La imposibilidad de obtener la autorización...

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