NOTIFICATORIO DE MEDIDA DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL
Fecha de publicación | 22 Enero 2019 |
Fecha | 24 Enero 2019 |
Número de registro | 27566 |
Emisor | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PROMOCIÓN DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ ADOLESCENCIA Y LA FAMILIA |
Por Disposición Administrativa N° 39/19 de fecha 18 de enero de 2019, la Directora Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de los Nodos Rosario y Venado Tuerto, Provincia de Santa Fe, dentro del legajo administrativo N° 12998 referenciado administrativamente como “ CONTRERAS VALENTINA BERENICE DNI 46.651.585 S/ MEDIDA DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL s/ Medida de Protección Excepcional” que tramitan por ante el equipo interdisciplinario N° 4 perteneciente a la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de los Nodos Rosario y Venado Tuerto, sírvase notificar por este medio al Sr. Miguel Angel Contreras, con DNI y domicilio desconocido, que se ha dictado el acto administrativo cuya parte resolutiva se transcribe seguidamente: “Rosario, 18 de enero de 2019. DISPOSICIÓN N.º 39/19 Y VISTOS... Y CONSIDERANDO... DISPONE: 1.- Dictar el Acto Administrativo de Medida de Protección Excepcional de Derechos en relación a CONTRERAS VALENTINA BERENICE DNI 46.651.585 nacida en fecha 1/07/2005, hija de la Sra. Carla Natalia de Leonardi DNI 26.355.626 con domicilio en calle Rodriguez Nº 2842 P 10 Dpto.780 MB 37 de la ciudad de Rosario y del Sr. Miguel Angel Contreras con DNI y domicilio desconocidos; consistente en la separación temporal de su centro de vida y alojamiento transitorio en un Centro Residencial perteneciente al Sistema de Protección Integral; por un plazo de noventa (90) días, sin perjuicio de su respectiva prórroga, de acuerdo a lo establecido en el Art. 52 inc. B de la Ley Provincial Nº 12.967 y su respectivo Decreto Reglamentario. Durante el plazo estipulado se trabajará en la ejecución del plan de acción trazado para intentar dar solución a la problemática existente.2.- Notificar dicha Medida Excepcional de Derechos a los progenitores de la joven3- Notificar la adopción de lo resuelto y solicitar el control de legalidad, al Tribunal Colegiado de Familia, una vez agotado el procedimiento recursivo previsto en el art.62 de la Ley N°12.967.4.- OTORGUESE el trámite correspondiente, regístrese, comuníquese y notifíquese a las partes interesadas y al órgano jurisdiccional correspondiente y oportunamente ARCHIVESE. - Fdo Dra. Claudia C. Aguilera. Directora Provincial de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia Nodos Rosario y Venado Tuerto. Se le hace saber que tiene derecho a ser asistido por abogado/a de su confianza y/o profesional de las Defensorías del Poder Judicial de la...
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