NOTIFICACIONES - EX- 365-D-2015-00106.

Fecha de la disposición27 de Agosto de 2019

Mendoza 20 de Agosto de 2.019.- Ref. Expte. N° 365-D-2015-00106.- Atento a las presentes Actuaciones Administrativas en el cual se tramita la sanción expulsiva CESANTIA del efectivo Auxiliar 1° P.P. Segura Ferragut Jonathan Juan Andres con D.N.I. N° 27.994.476 en el expediente número 365-D-2015-00106, “en el cual se instruyó sumario administrativo al efectivo mencionado Ut-Supra por la comisión de la falta prevista en el Art. 100…” y habiéndose realizado las citaciones en el último domicilio legal declarado en este Ministerio de Seguridad sito en calle Rufino Ortega N° 437 del departamento de Guaymallén provincia de Mendoza, resultando Negativo obrando a fs. 10, fs. 12 y fs. 102 del citado expediente, es que se solicita la correspondiente publicación en el Boletín Oficial de la provincia de Mendoza, la Resolución N° 2221-S, la que se transcribe textualmente: MENDOZA, 01 AGO 2019, RESOLUCION N° 2221 S, Visto el Expediente N° 365-D-2015-00106; y CONSIDERANDO: Que en las citadas actuaciones se instruyó sumario administrativo al Personal Policial – Auxiliar 1°- SEGURA FERRAGUT, JONATHAN JUAN ANDRES, D.N.I. N° 27.994.476, por la comisión de la falta prevista en el artículo 100 inciso 1) en función con el artículo 8 y artículo 43 incisos 3) y 4) y los agravantes del artículo 88 inciso 1) de la Ley N° 6722 y sus modificatorias; Que las presentes actuaciones se inician par fecha 27 de diciembre de 2014, en donde se le comunica al Jefe de la Policía en Función Judicial, la licencia solicitada por el funcionario policial Auxiliar 1° Segura Ferragut, de acuerdo al artículo 251 de la Ley N° 6722 y sus modificatorias, licencias por razones particulares, solicitando un año sin goce de haberes, fundamentando la misma en que su suegro tenía una enfermedad terminal y residía en la República de Chile y que solo su esposa podía cuidarlo; Que el día 11 de febrero de 2015 luego de vencida su licencia ordinaria de treinta días, el efectivo no se presenta a realizar sus actividades habituales y al intentar dar con su paradero no hay resultados positivos; Que el armamento provisto y demás elementos fueron entregados por el efectivo en la dependencia; Que el Directorio de la Inspección General de Seguridad ordenó a fs. 47/48, y su modificatoria de fs. 65 se investiguen los hechos bajo la modalidad de sumario administrativo, y en consecuencia dicta Resolución N° 1292/2017 y su modificatoria N° 421/2018, que dispone la instrucción de formal sumario administrativo en...

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