NOTIFICACIONES - COLEGIO PROFESIONAL DE PSICÓLOGOS DE MENDOZA

Fecha de la disposición26 de Diciembre de 2017

El Colegio Profesional de Psicólogos de Mendoza notifica que en Asamblea General Extraordinaria celebrada el día 13 de Diciembre de 2013 según consta en Acta Nº 3 del Libro de Actas de Asambleas, resultó aprobado por unanimidad el Código de Ética conforme a lo dispuestos por el Artículo 25º de la Ley Provincial Nº 8376/11. A continuación se da cuenta de manera expresa de los mismos: CÓDIGO DE ÉTICA DEL COLEGIO PROFESIONAL DE PSICÓLOGOS DE MENDOZA Diciembre de 2013 A las personas, grupos y comunidades, a quienes debemos nuestra labor y constante esfuerzo. Índice. Presentación 4 Principio I Respeto por los derechos y la dignidad de las personas y de los pueblos 6 Principio II Cuidado competente del bienestar de los otros 16 Principio III Integridad 26 Principio IV Compromiso y responsabilidad profesional y científica hacia la sociedad 31 PRESENTACIÓN El presente código surge a partir de la creación del Colegio de Psicólogos de la Provincia de Mendoza conforme a Ley n° 8.376, publicada en el Boletín Oficial el 14 de diciembre de 2011. En la misma se establece la formación del Tribunal de Ética y Disciplina y la redacción de un código específico que represente el espíritu de la comunidad profesional, con sus respectivas normas deontológicas siendo este hecho un hito en la historia de la profesión de las psicólogas y los psicólogos de Mendoza. El código es un instrumento para el cumplimiento de la ley y asume como cuestión central que la ética y la responsabilidad social son aspectos centrales del ejercicio de la Psicología. El código como conjunto de principios éticos y normas de conducta tiene por misión orientar y regular el ejercicio profesional. Asimismo, fija pautas de acción, específicas o generales, para la aplicación de la Psicología sea en los diversos ámbitos profesionales, académicos o de investigación; por tanto, enmarca todas las áreas de incumbencia de las psicólogas y los psicólogos. La razón de ser del Código de Ética del Colegio de Psicólogos de Mendoza es, sobre todo, resguardar el bienestar psicológico y salud mental de las personas, familias, grupos, organizaciones, instituciones y comunidades. Igualmente, cumple funciones de formación, organización, resguardo y prestigio de la profesión. Por ser la Psicología una disciplina cuya práctica contacta directamente con lo más íntimo de las personas, es condición ineludible que todo acto profesional, deba realizarse de forma tal que no lesione la dignidad, la libertad, la calidad de vida de las personas -incluyendo la propia del profesional a cargo- en tanto que todo ser humano es sujeto de derecho inviolable. Esto significa que toda práctica psicológica habrá de sustentarse en conocimientos justificados o validados científicamente y enmarcados según principios éticos fundamentales que resguardan derechos inalienables. Los dos aspectos mencionados constituyen una totalidad que se integra en el ejercicio y están destinados a favorecer el desarrollo humano individual, grupal, organizacional, institucional y colectivo. En ninguna circunstancia, las psicólogas y los psicólogos podrían descuidar u omitir actuar en sentido ético. Por lo expuesto, el Código de Ética adquiere carácter de orientación y regulación de las acciones profesionales, siendo un dispositivo, revisable y actualizable conforme a la evolución de la Psicología como disciplina científica de la conducta y los procesos mentales, inserta en determinado sistema y dinámica sociocultural. El presente código se estructura según cuatro principios éticos con sus respectivos valores y normas asociados o derivados. Su comprensión y práctica se torna fundamental para todo ejercicio profesional cotidiano y ha de respetarse en todos los encuadres, perspectivas o escuelas psicológicas. Así, las psicólogas y los psicólogos de Mendoza tienen la obligación de conocer y valerse de dichos principios, lineamientos y cánones que el código enuncia. Por ende, la falta de conocimiento de determinada norma deontológica no constituye eximición. El Código de Ética del Colegio de Psicólogos de Mendoza hace suyos los Principios Universales para Psicólogos y Psicólogas, pactados en Berlín (2008): a) Respeto por los derechos y la dignidad de las personas y de los pueblos. b) Cuidado competente del bienestar de las personas y comunidades. c) Integridad d) Responsabilidad profesional y científica con la sociedad.Para la confección del presente código se analizaron y compararon diversos códigos de ética y deontología, los cuales constituyeron fuentes del mismo, tales como: el Código de Ética y Disciplina del ejercicio de la profesión de psicólogo del Consejo Deontológico de Mendoza, el Código de Ética de la Federación de Psicólogos de la República Argentina (FEPRA), los códigos de ética de los psicólogos de Córdoba, Santa Fe y Buenos Aires. Asimismo, también se consideraron los de Chile, Brasil, Canadá, Francia, Colombia, Italia, Inglaterra y, particularmente, los códigos de ética profesional de los psicólogos de Guatemala del 2012 y el de la Asociación Americana de Psicólogos de 2010 (APA). Alcances y límites El Código de Ética del Colegio de Psicólogos de Mendoza se aplica a toda actividad que desempeñen los psicólogos como parte de sus funciones académicas, científicas y profesionales. Se aplica a cualquier campo de la práctica de la Psicología en el territorio de la Provincia de Mendoza. Es decir, abarca los campos de la clínica, lo jurídico-forense, el psicodiagnóstico, la investigación científica, la psicología educacional, la supervisión, la auditoría psicológica, el desarrollo y construcción de instrumentos de evaluación, la intervención en psicología laboral y organizacional, psicología del deporte, los abordajes psicosociales y comunitarios, o cualquier otro campo propio de la Psicología como disciplina científica. También abarca también una gran variedad de situaciones comunicativas profesionales, que incluyen los intercambios postales, telefónicos, de internet y otras transmisiones electrónicas. Agradecimientos Los redactores agradecen al Consejo Directivo del Colegio de Psicólogos de Mendoza por el constante apoyo y buena predisposición, a quienes depositaron su confianza en nuestra labor. Nuestro agradecimiento expreso a la Dra. Andrea Ferrero, Investigadora y coordinadora del Grupo Ética y Deontología de la Sociedad Interamericana de Psicología y representante sudamericana en Declaración de Principios Universales para psicólogos y psicólogas, Berlín, 2008, por su asesoramiento continuo para la elaboración de este código y por su disertación en el dictado de la conferencia: “ Hacia una formación y una práctica comprometida en psicología. Actuales cambios de paradigma.” También nuestro agradecimiento al Lic. Mario Molina, Presidente de la FEPRA, quien, en las Primeras Jornadas de Psicología del Colegio de Psicólogos de Mendoza y en las Reuniones de actualización del Código de Ética Nacional, junto con la Mg Ana María Hermosilla y colegas de distintas provincias, enriquecieron generosamente nuestra perspectiva y horizonte. Finalmente, nuestro reconocimiento a todos aquellos colegas que han colaborado en forma directa o indirecta aportando en la construcción reflexiva y colectiva del presente código. Clara Álvarez Elvira Corrales Raúl Milone Sandra Ostropolsky Arturo Piracés. PRINCIPIO I Respeto por los derechos y la dignidad de las personas y de los pueblos. PRINCIPIO I RESPETO POR LOS DERECHOS Y LA DIGNIDAD DE LAS PERSONAS Y DE LOS PUEBLOS1. El respeto por la dignidad de las personas y de los pueblos es el fundamento de los demás principios éticos. El respeto por la dignidad reconoce el valor inherente de todos los seres humanos, sin importar diferencias -aparentes o reales- con relación al estatus social, origen étnico, género, preferencia sexual, edad, creencias religiosas, capacidades, o cualquier otra característica. Este principio fundamental sostiene que todo ser humano es digno de igual consideración ética. También afirma que toda persona es única, valiosa e irremplazable, de naturaleza social, interdependiente y que forma parte de la evolución cultural de su pueblo. Igualmente, el principio ético reconoce la diferencia cultural, étnica, religiosa, de estructura social y otras características de los pueblos, que integran la identidad de sus miembros y otorgan sentido a sus vidas. La continuidad de la vida y la cultura enlaza a los pueblos de la actualidad con las generaciones pasadas y con la necesidad de dar referencia y apoyo a las futuras. De esta forma, el respeto por la dignidad de las personas incluye la consideración ética y el respeto por la dignidad de los pueblos. El respeto por los derechos y la dignidad de las personas y de los pueblos se expresa diferenciadamente en la multiplicidad de comunidades y culturas. De esta forma, el respeto por los derechos y la dignidad de las personas y de los pueblos incluye la consideración y valoración ética. Los siguientes valores le están asociados: a) Respeto por el valor único y la dignidad inherente de todos los seres humanos. b) Respeto por la diversidad de las personas y los pueblos. c) Respeto por las costumbres y las creencias de otras culturas, siempre que no contradigan el principio de respeto por los derechos y la dignidad de las personas y los pueblos, o cause serio daño a su bienestar. d) Derecho a la libre elección y a la autonomía. e) Derecho al acceso a la información. f) Privacidad para los individuos, familias, grupos y comunidades. g) Respeto de la confidencialidad de la información personal. h) Derecho a ser tratado con equidad y justicia. 1. RESPETO EN GENERAL Las psicólogas y los psicólogos: 1.1. Respetan a las personas, grupos y comunidades con las que trabajan, en cuanto a sus concepciones de mundo, perspectivas de vida, valores, creencias, fortalezas, recursos y habilidades, así como a las demandas específicas que requieren de sus intervenciones profesionales. Por consiguiente, no inculcan sus propias creencias o...

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