NOTIFICACIONES - AUTOS N° 755/15, CARATULADOS: 'B.N.A. C/LIMAR S.A. P/EJEC. VS.'

Fecha de la disposición 1 de Febrero de 2017

De conformidad con lo ordenado en los autos N° 755/15, sec. 3 caratulados: "B.N.A. c/LIMAR S.A. p/EJEC. VS.", el Sr. Juez ha ordenado notificar a Limar S.A. CUIT N° 30-70773182-2.- y de ignorado domicilio la providencia que dispone: "Mendoza, 25 de octubre. Como se solicita, atento las constancias de autos bajo su exclusiva responsabilidad, publíquense edictos por dos días en el Boletín Oficial de la Provincia y diario de circulación en la provincia, emplazando al ejecutado/a Sr/a. Limar S.A., para que en el plazo establecido comparezca a tomar la intervención que corresponda en este proceso, bajo apercibimiento de designar al Sr. Defensor Oficial de ausentes para que la represente en él. (art. 343 y ccs. del CPCCN). Fdo. Walter Ricardo Bento, Juez Federal Subrogante". Mendoza, 10 de junio de 2015. El instrumento acompañado es de los comprendidos en el art. 523 del C.P.C.C.N., y se encuentran cumplidos los presupuestos procesales. En consecuencia, y de conformidad con lo que disponen los arts. 531, 542, 40 y 41 deI Código citado, líbrese mandamiento de intimación de pago y embargo contra los demandados Limar S.A. Gustavo Alejandro Romagnoli, WalbertoRomagnoli e Higinio Santos Romagnoli en carácter de integrantes de Romagnoli Hnos. Sociedad de Hecho por la suma de pesos cien mil ($ 100.000) en concepto de capital, con más la de pesos treinta y un mil treinta y nueve con 74/100 ($ 31.039,74) que provisoriamente se presupuesta para responder a intereses y costas que deriven de las leyes y/o decretos reglamentarios aplicables al documento que se ejecuta y/o solicitado por el ejecutante, conforme liquidación practicada por Secretaría, la que deberá adjuntarse al mandamiento a...

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