NOTIFICACIONES - AUTOS Nº 45.805 CART. VELIZ NANCY NATALIA C/ ETSA S.A. Y OTS P/ DESPIDO”

Fecha de la disposición25 de Febrero de 2019

Presidente de la Primera Cámara del Trabajo NOTIFICA a OSMED, de ignorado domicilio, en los autos nº 45805 caratulados “VELIZ NANCY NATALIA C/ ETSA S.A. Y OTS P/ DESPIDO” a fs. 119 el Tribunal proveyó: “Mendoza, 10 de Abril de 2017.- AUTOS Y VISTOS:… RESUELVO: I- Aprobar la información sumaria rendida en autos y, en consecuencia, declarar que el codemandado OSMED resulta ser persona de ignorado domicilio.- II- Notificar mediante edictos que se publicarán en el BOLETIN OFICIAL y DIARIO LOS ANDES por el término de ley, la presente resolución y la de fs. 99.- III- Fecho, dése intervención al Sr. Defensor de Pobres y Ausentes en turno.- REGISTRESE Y NOTIFÍQUESE”. Y a fs. 99 el Tribunal Proveyó: “Mendoza, 24 de Febrero de 2016. Atento lo solicitado y constancias del expediente, declarase REBELDE al demandado OSMED, en los términos de los artículos 75 y 76 del Código Procesal Civil y 45 del Código Procesal Laboral, con transcripción de las normas citadas: Art. 75 - Procedimiento y efectos de la rebeldía: Vencido el plazo señalado para comparecer o para contestar en el caso de reconvención, se declarará rebelde al incompareciente, notificándose el decreto de rebeldía y la sentencia en la misma forma que se le había notificado el emplazamiento. Las demás actuaciones judiciales se tendrán por notificadas conforme a lo dispuesto por el artículo 66. Cuando la notificación se hubiera practicado en el domicilio real o legal, la rebeldía constituye presunción de la verdad de los hechos afirmados por la contraria; presunción cuya eficacia será apreciada por el tribunal, quien podrá decretar las medidas de prueba que creyere convenientes. En este caso, a pedido de interesado podrá decretarse una medida precautoria suficiente para cubrir el resultado económico del...

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