NOTIFICACIONES - AUTOS 6.500 'MONTEMAR CIA. FIN. S.A. C/ VIDELA ROQUE JOSE S/ PROCESO MONITORIO'

Fecha de la disposición22 de Marzo de 2021

Dr. AMMAA DRA. VIVIANA ISGRO MOSTACCIO , titular del Juzgado de Paz Letrado GESTIÓN 1, NOTIFICA a los Señores VIDELA, ROQUE JOSE, Documento 18.430.536, de las siguientes resoluciones en los autos Nro. 6.500, caratulados "MONTEMAR CIA. FIN. S.A. C/ VIDELA ROQUE JOSE S/ PROCESO MONITORIO": El Juzgado proveyó: "Mendoza,. AUTOS y VISTOS:... RESUELVO: I - Aprobar la información sumaria rendida en autos. II - Declarar a VIDELA ROQUE JOSE DNI 18.430.536 es persona de ignorado domicilio debiéndose notificar por edictos las providencias de autos en la forma prescripta por el art 69 del CPCC y T en el Boletín Oficial y Diario LOS ANDES (ART 72, INC IV DEL CPCC y T).III - Oportunamente dése intervención en la presente causa al Defensor Oficial que por turno corresponda ( art 75 último párrafo del CPCC y T) Not. Reg. Fdo. AMMAA DRA. VIVIANA ISGRO MOSTACCIO JUEZ".- El Juzgado proveyó:Mendoza, 07 de Febrero de 2020. AUTOS Y VISTOS: Los presentes autos arriba intitulados y de conformidad con lo dispuesto en el Art. 234 ap. I y II del C.P.C.C.y T.- CONSIDERANDO: Que la parte actora manifiesta que la deuda reclamada surge de un pagaré suscripto por el demandado, el que no fue abonado a su vencimiento, acompañando la documentación base de la ejecución y funda en derecho su pretensión.- De la sola calidad de las partes puede inferirse la existencia de una relación de consumo y, habiéndose acompañado los antecedentes documentales a efectos de la integración del título, advierto que se ha dado cumplimiento a lo normado en los artículos 8 bis, 36, 37 y ccs. de la Ley N° 24.240 y Arts. 1097, 1119, 1120 y ccs. del Código Civil y Comercial de la Nación.- Por lo expuesto, Arts. 245, 234, 235 y ccs. del C.P.C.C.y T.; RESUELVO: I. Tener a la parte actora por presentado, por parte y domiciliada en el carácter invocado.- II. Hacer lugar a la demanda POR EJECUCIÓN MONITORIA deducida por la actora MONTEMAR COMPAÑIA FINANCIERA S.A. contra la parte demandada SR. VIDELA, ROQUE JOSE - DNI: 18.430.536, ordenando que se haga entrega de la suma de PESOS SESENTA Y UN MIL CUARENTA Y TRES CON 76/100 ($ 61.043,76), más la estimada provisoriamente para responder a intereses legales y costas, el cual resultará de la liquidación definitiva a practicarse en autos (más IVA en caso de corresponder).- III. En defecto de pago, trabar embargo sobre bienes de propiedad de la parte demandada por el MONTO TOTAL de PESOS CIENTO CUATRO MIL CON 00/100 ($ 104.000,00), el cual corresponde a la suma...

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