NOTIFICACIONES - AUTOS 56.674 CARATULADOS: BANCO PATAGONIA S.A. C/ ISOLAR S.A. Y OTS. P/ PREPARACIÓN

Fecha de la disposición 8 de Septiembre de 2021

Juez Tribunal Gestión Asociada de Paz de Luján de Cuyo, autos 56.674 caratulados: “BANCO PATAGONIA S.A. C/ ISOLAR S.A. y OTS. P/ Preparación de la vía monitoria”, NOTIFICA a LUCIA JUNGES (DNI: 93.776.756) resolutivo fs. 53/54: “Luján de Cuyo, 10 de Junio de 2021. AUTOS VISTOS Y CONSIDERANDO: ... RESUELVO:…III.- HACER LUGAR a la demanda interpuesta y en consecuencia mandar seguir la ejecución adelante contra DEL BARCO, JOSE LUIS Y JUNGES LUCIA hasta que el actor se haga íntegro pago del capital reclamado o sea la suma de PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON 09/100 ($448.855,09), con más la suma de PESOS OCHOCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL CIENTO CUARENTA Y CINCO ($851.145.-) que se presupuestan provisoriamente para responder a intereses pactados desde la fecha de mora de cada uno de los cánones adeudados, con más IVA sobre intereses y costas del juicio, hasta su efectivo pago; suma que quedará definitivamente determinada al momento de practicarse liquidación. IV.- IMPONER las costas a la parte demandada por resultar vencida (Arts. 35 y 36 del C.P.C.C.T.). V.- HACER SABER al ejecutado que dentro del plazo de CINCO (5) DÍAS hábiles posteriores a su notificación, deberá denunciar su domicilio real y electrónico y fijar domicilio procesal electrónico, bajo apercibimiento de rebeldía y proseguir las diligencias que deban cumplirse en los estrados del Tribunal sin trámite previo o declaración previa alguna. Asimismo deberá CUMPLIR ESTA SENTENCIA MONITORIA, depositando en una cuenta judicial a nombre de estos autos, el capital de condena más la suma estimada para intereses y costas. En caso contrario podrá oponerse a la sentencia monitoria articulando las defensas o excepciones admisibles de conformidad con lo dispuesto en el art. 235 del C.P.C.C.T.(Arts. 21, 74, 75, 234 , 235 y conc. del C.P.C.C.T.). VI.- A falta de pago de esta sentencia monitoria, TRÁBESE EMBARGO sobre bienes susceptibles de tal medida, que se encuentren en el domicilio del demandado y que sean de su propiedad, hasta cubrir la suma de PESOS UN MILLON...

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