NOTIFICACIONES - AUTOS 240 32196/2017 B.N.A. C/ ROSPIDE JUAN E. S/ EJECUCIONES VARIAS

Fecha de la disposición25 de Abril de 2019

De conformidad con lo ordenado en los autos N° 240 32196/2017 caratulados: "B.N.A. C/ ROSPIDE JUAN E. S/ EJECUCIONES VARIAS", el Sr. Juez ha ordenado NOTIFICAR al demandado, JUAN EMILIANO SEBASTIAN ROSPIDE, D.N.I. N° 28.769.475, de ignorado domicilio, la providencia que dispone: Mendoza, 23 de agosto de 2017.- Téngase por cumplido el previo de fs. 10. Agréguese y téngase presente las boletas de pago correspondientes a las gabelas de ley. El instrumento acompañado es de los comprendidos en el art. 523 del C.P.C.C.N., y se encuentran cumplidos los presupuestos procesales. En consecuencia, y de conformidad con lo que disponen los arts. 531, 542, 40 y 41 del Código citado, líbrese mandamiento de intimación de pago y embargo contra el demandado JUAN EMILIANO SEBASTIAN ROSPIDE por la suma de PESOS CUARENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CUATRO CON 87/100 ($ 48.704,87) en concepto de capi tal, con más la de PESOS DIEZ MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO CON 59/100 ($ 10.991,59) que provisoriamente se presupuesta para responder a intereses y costas que deriven de las leyes y/o decretos reglamentarios aplicables al documento que se ejecuta y/o solicitado por el ejecutante. La intimación de pago importará la citación de remate para oponer excepciones dentro del término de cinco (5) días, bajo apercibimiento de llevar la ejecución adelante y el emplazamiento para que los ejecutados constituyan domicilio procesal dentro del radio del Tribunal, bajo apercibimiento de darles por notificadas las sucesivas providencias automáticamente, en la forma y oportunidad que prevé el art. 133 del Código citado. En defecto de pago deberá trabarse embargo sobre bienes susceptibles de tal medida y se requerirá a los deudores, para que manifiesten si...

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