NOTIFICACIONES - AUTOS 220 2010/2019 B.N.A. C/ FERRANDON ALVAREZ JOSE S/ EJECUCIONES VARIAS'

Fecha de la disposición17 de Junio de 2021

De conformidad con lo ordenado en los autos N° 220 2010/2019 caratulados: B.N.A. C/ FERRANDON ALVAREZ JOSE S/ EJECUCIONES VARIAS, el Sr. Juez ha ordenado NOTIFICAR en el Boletín Oficial de la Provincia y Diario de Circulación al demandado, JOSE MANUEL FERRANDON ALVAREZ, D.N.I. E N° 93.923.842, de ignorado domicilio, la providencia que dispone: Mendoza, 22 de marzo de 2019. Téngase por cumplido el previo de fs. 21/23. Agréguese y téngase presente las boletas de pago correspondientes a las gabelas. de ley. El instrumento acompañado es de los comprendidos en el art. 512 (anterior 523) del C.P.C.C.N., y se encuentran cumplidos los presupuestos procesales. En consecuencia, y de conformidad con lo que disponen los arts. 520, 531, 42 y 43 (anteriores 531, 542, 40 y 41) del Código cita do, líbrese mandamiento de intimación de pago y embargo contra el demandado FERRANDON ALVAREZ JOSE MANUEL por la suma de $ 183.074,91 en concepto de capital, con más la de $ 98.098,54 que provisoriamente se presupuesta para responder a intereses y costas que deriven de las leyes y/o decretos reglamentarios aplicables al documento que se ejecuta y/o solicitado por el ejecutante, conforme liquidación practicada por Secretaria, la que deberá adjuntarse al mandamiento a librar. La intimación de pago importará la citación de remate para oponer excepciones dentro del término de cinco (5) días, bajo apercibimiento de llevar la ejecución adelante y el emplazamiento para que la ejecutada constituya domicilio procesal dentro del radio del Tribunal, bajo apercibimiento de darle por notificadas las sucesivas providencias automáticamente, en la forma y oportunidad que prevé el art. 134 (anterior 133) del Código citado. En defecto de pago deberá trabarse embargo sobre bienes susceptibles de tal...

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