NOTIFICACION SENTENCIA LABORAL

Fecha de la disposición22 de Febrero de 2023

PRIMERA CÁMARA DEL TRABAJO, PRIMERA CIRCUNSCRIPCION DE MENDOZA.El tribunal a fs. 114 de los autos N° CUIJ: 13-04099972-2((010401-156916)) caratulados VILLEGAS MARIA EUGENIA C/ MORTENSSEN NORMA GRACIELA P/ DESPIDO”, dictó la siguiente resolución: “--- Resuelve: I.- Declarar para este caso concreto la inconstitucionalidad de la ley 7198, conforme lo resuelto en la Tercera cuestión. II.- Admitir parcialmente la demanda interpuesta condenando a la Sra Motenssen Norma Graciela a pagar a la Sra. Villegas María Eugenia la suma de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL VEINTIUNO CON 27/100 ($243.021,27) en concepto de diferencias salariales mayo, junio, primer cuota del SAC 2015 y julio de 2015, salarios de agosto, septiembre y octubre de 2015, días del mes de noviembre de 2015, SAC y vacaciones proporcionales, indemnizaciones por antigüedad, omisión de preaviso e integración del mes de despido, sanciones arts. 182 y 80 de la LCT y 2 de la ley 25323, con más sus intereses conforme a la tercera cuestión, dentro de CINCO DIAS de notificada la presente, con costas a cargo de la demandada. III.- Rechazar parcialmente la demanda interpuesta por la Sra. Villegas María Eugenia contra la Sra. Mortenssen Norma Graciela por la suma de PESOS CIENTO SETENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS SESENTA Y DOS ($174.262) en concepto de sanciones arts. 132 bis de la LCT y 1 de la ley 25323. IV.- Firme que sea la presente pase a Contaduría de Cámaras a fin que se practique liquidación y diferir la regulación de honorarios de los profesionales intervinientes para su oportunidad. V.-Emplazar a la condenada en costas para que dentro del término de DIEZ DIAS de quedar firme la presente sentencia, abone en autos los aportes correspondientes a DERECHO FIJO Y APORTES LEY 5059 y en TREINTA DÍAS la TASA DE JUSTICIA, bajo apercibimiento de ley. V.- Notifíquese a la AFIP, ATM, Colegio de Abogados y Caja Forense. Regístrese, notifíquese y cúmplase. En fecha 29 de setiembre 2022 a fs. 126 el tribunal...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR