Notificación Resuelve: el Administrador de la Regional Rosario de la Administración Provincial de Impuestos

Fecha de Entrada en Vigor14 de Abril de 2017
EmisorAdministración Provincial de Impuestos
Fecha de la disposición 8 de Noviembre de 2016

NOTIFICACIÓN

Por disposición del Sr. Administrador Regional Rosario, se notifica a la Firma Dadone Cereales SRL CUIT N° 30-70818719-0 con domicilio fiscal en calle Ruta Nacional 178 km 201 de la localidad de las Rosas, Provincia de Santa Fe, por EDICTO en el Boletín Oficial que se publica a sus efectos por tres días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 35 inc. f) del Código Fiscal (to.2014), la Resolución Nro. 1017-1/16 dictada en autos caratulados: “Expediente Nº 13302-0866546-2 - DADONE CEREALES SRL - INSTRUCCIÓN DE SUMARIO”:

ROSARIO, 05/09/2016 - VISTO:...

CONSIDERANDO:...

RESUELVE:

EL ADMINISTRADOR DE LA REGIONAL ROSARIO DE LA ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DE IMPUESTOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1

) Proceder al Cierre de Sumario a la firma DADONE CEREALES S.R.L. CUIT Nº 30-70818719-0, con domicilio fiscal en Ruta Nacional 178 Km 201, de la localidad de Las Parejas, Provincia de Santa Fe, inscripta como Agente de Retención del Impuesto de Sellos con N° 203-000422-1, por infracción a sus obligaciones fiscales.

ARTÍCULO 2

) Requerir a firma DADONE CEREALES S.R.L.CUIT N° 30-70818719-0, dentro del plazo de quince días establecido por el artículo 93 del Código Fiscal (to. 2014), el ingreso de la suma de $ 7.630,01 (PESOS SIETE MIL SEISCIENTOS TREINTA CON UN CTVS.) en concepto de Impuesto retenido impago; la suma de $ 10.172,30 (PESOS DIEZ MIL CIENTO SETENTA Y DOS CON TREINTA CTVS.) en concepto de Intereses previsto por el Art. 104 y la suma de $ 15.260,02 (PESOS QUINCE MIL DOSCIENTOS SESENTA CON DOS CTVS.) en concepto de multa establecida por el artículo 90 del Código Fiscal (to. 2014) cuyo cuantum se fijó en 2 (dos) veces el impuesto defraudado, sanción establecida por el Administrador Regional a fs. 33, en base al Dictamen Jurídico N° 907/2015, de la Dirección de Asesoramiento Fiscal, con más los Intereses Resarcitorios hasta su efectivo pago.

ARTÍCULO 3

) Conforme a lo dispuesto en la Ley 12071, se le hace saber que le asiste el derecho de interponer formal Recurso de Reconsideración dentro del plazo de quince días a...

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