Notificación - Resolución N° 747 - DGR/2024, 22/03/2024

Firmantes0000
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
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MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Notificación - Resolución N° 747-GCABA-DGR/24
Expediente Electrónico N° 16.097.475-GCABA-DGR-2019
La Subdirección General de Técnica Tributaria de la Dirección General de Rentas
notifica a la contribuyente MENU AVE S.R.L. y al responsable solidario, Socio
Gerente de la firma, Señor Sergio Alejandro Aubel, los términos de la Resolución
N° 747-GCABA-DGR-2024, de fecha 15 de Marzo de 2024, cuya parte resolutiva se
transcribe a continuación:
EL SUBDIRECTOR GENERAL DE TÉCNICA TRIBUTARIA
DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
RESUELVE:
Artículo 1º.- Impugnar las declaraciones juradas efectuadas por la contribuyente
MENU AVE S.R.L., inscripta en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos bajo el
Régimen de Convenio Multilateral bajo el N° 901-0302000-1, CUIT Nº 30-71572747-8,
con domicilio fiscal en la calle Jerónimo Salguero Nº 1820, Piso 2° perteneciente a la
Comuna Nº 14 de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuya actividad detectada
sujeta a tributo consiste en "Venta al por mayor de mercancías n.c.p.", con respecto al
período fiscal 2018 (1° y 4° a 12° anticipos mensuales).
Artículo 2º.- Determinar de oficio sobre base presunta y con carácter parcial la materia
imponible y el impuesto resultante de la contribuyente por el período fiscal 2018 (1° y
4° a 12° anticipos mensuales), en los montos que se detallan en el Anexo, que a todos
los efectos forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3°.- Establecer que la contribuyente debe tributar a la alícuota del 5% el
impuesto que nos ocupa respecto de los ingresos encuadrados bajo la actividad
"Venta al por mayor de mercancías n.c.p.", por el periodo fiscal 2018 (1° y 4° a 12°
anticipos mensuales), toda vez que ha obtenido ingresos mayores a $55.000.000 en el
año inmediato anterior, de conformidad con el artículo 52 inciso 9) de la Ley Tarifaria
para el año 2018 con las modificaciones introducidas por la Ley 5948.
Artículo 4°.- Mantener la extensión de la responsabilidad solidaria por el cumplimiento
de las obligaciones tributarias de la contribuyente al Socio Gerente, señor Sergio
Alejandro Aubel, D.N.I. 33.007.032, con domicilio real -coincidente con domicilio
declarado en AFIP- en la calle 73 N.º 2062, Berazategui, Provincia de Buenos Aires y
con domicilio especial a los fines societarios en la calle Jerónimo Salguero N.º 1820,
Piso 2, de la Comuna N.º 14 de esta Ciudad, y/o a quien resulte responsable hasta la
actualidad, en virtud de lo establecido en los artículos 11 (inciso 3°), 12 y 15 (inciso 1°)
del Código Fiscal T.O. 2023 con las modificaciones introducidas por la Ley N° 6710 y
disposiciones concordantes de años anteriores.
Artículo 5°.- Intimar a la contribuyente, al responsable solidario y/o a quien resulte
responsable hasta la actualidad para que dentro del término de quince (15) días de
quedar notificada y firme la presente, ingrese la suma de $3.308.068,96.- (Pesos tres
millones trescientos ocho mil sesenta y ocho con 96/100) que resulta adeudar, y que
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6840 - 22/03/2024

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