Notificación - Resolución N° 2437 - DGR/2022, 30/09/2022

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Notificación - Resolución N° 2437/GCABA-DGR/22
Expediente Electrónico Nº 23.281.240/MGEyA-DGR/2018
La Subdirección General de Técnica Tributaria de la Dirección General de Rentas
notifica al contribuyente señor DE FAVERI FLAVIO DAMIAN los términos de la
Resolución N° 2437-GCABA-DGR-2022, de fecha 09 de septiembre de 2022, cuya
parte resolutiva se transcribe a continuación:
EL SUBDIRECTOR GENERAL DE TÉCNICA TRIBUTARIA
DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
RESUELVE
Artículo 1º.- Determinar de oficio sobre base presunta y con carácter parcial la materia
imponible y el impuesto resultante del contribuyente DE FAVERI FLAVIO DAMIAN,
inscripto en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos como contribuyente del Régimen
General bajo el Nº 1565791-04 (con cese observado el 25/06/2019), CUIT N° 20-
22589148- 7, con domicilio fiscal sito en la calle Joaquín V. González N° 2791,
perteneciente a la Comuna 11, cuya actividad sujeta a tributo consiste en “Servicio de
transporte por taxis y radiotaxis cuando la actividad principal es el transporte“ con
relación a los períodos fiscales 2016 (01° a 12° anticipos mensuales) y 2017 (01° a 12°
anticipos mensuales) en los montos que se detallan en el Anexo, que a todos los
efectos forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Establecer que por los ingresos provenientes de la actividad “Servicio de
transporte por taxis y radiotaxis cuando la actividad principal es el transporte” le
corresponde tributar el impuesto que nos ocupa a la alícuota del 0,75% respecto de los
períodos fiscales 2016 (01° a 12° anticipos mensuales) y 2017 (01° a 12° anticipos
mensuales), conforme lo previsto en los artículos 56 inciso 23) y 63 inciso 23) de las
Leyes Tarifarias para los años 2016 y 2017.
Artículo 3º.- Concluir el sumario instruido considerando al contribuyente incurso en la
figura de omisión fiscal, aplicándole una multa de pesos cincuenta y dos mil
cuatrocientos ochenta y siete con cincuenta y cinco centavos ($ 52.487,55.-)
equivalente al cien por ciento (100%) del impuesto omitido ($ 52.487,55.-) conforme se
desprende del Anexo que forma parte integrante de la presente.
Artículo 4°.- Intimar al contribuyente DE FAVERI FLAVIO DAMIAN, para que dentro
del término de quince (15) días de quedar notificada y firme la presente, ingrese la
suma de pesos cincuenta y dos mil cuatrocientos ochenta y siete con cincuenta y cinco
centavos ($ 52.487,55.-) que resultan adeudar, y que proviene de las diferencias
emergentes de esta determinación, a la cual deberán aditarse los intereses
establecidos por el artículo 56 del Código Fiscal T.O. 2022 y disposiciones
concordantes de años anteriores, hasta el momento del efectivo pago, y la multa
aplicada de pesos cincuenta y dos mil cuatrocientos ochenta y siete con cincuenta y
cinco centavos ($ 52.487,55.-) debiendo acreditar su pago ante esta Administración
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6472 - 30/09/2022

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