Notificación - Resolución N° 2376 - DGR/2022, 30/09/2022

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Notificación - Resolución N° 2376/GCABA-DGR/22
Expediente Electrónico N° 9.187.602/GCABA-DGR/2020
La Dirección General de Rentas notifica a la contribuyente ESTUDIO TAURO S.R.L., y
al responsable solidario, Socio Gerente de la firma, señor Enrique Esteban Pedroza,
(con mandato vigente a partir del 04/10/2014), los términos de la Resolución Nº
2376/GCABA-DGR/2022, de fecha 30 de Agosto de 2022, cuya parte resolutiva se
transcribe a continuación:
EL SUBDIRECTOR GENERAL DE TÉCNICA TRIBUTARIA
DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
RESUELVE
Artículo 1°.- Impugnar las declaraciones juradas efectuadas por la contribuyente
ESTUDIO TAURO S.R.L., inscripta en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos como
contribuyente local del Régimen General bajo el N° 1165142-03 (con cese observado),
CUIT N° 30-70954229-6, con domicilio fiscal según GIT sito en la calle Mendoza Nº
5838, Planta Baja, Comuna N° 12 y domicilio declarado ante la Administración Federal
de Ingresos Públicos sito en la calle Maipú Nº 231, Piso 1°, Departamento 22, Comuna
Nº 1, ambos de ésta Ciudad, cuya actividad declarada sujeta a tributo consiste en
"Venta al por mayor de artículos de bazar y menajes", respecto del período fiscal 2016
(1° a 3° anticipos mensuales).
Artículo 2º.- Determinar de oficio sobre base presunta y con carácter parcial la materia
imponible y el impuesto resultante de la contribuyente por el período fiscal 2016 (1° a
3° anticipos mensuales), tal como lo prescriben los artículos 142, 146/147, 237/240,
242/244 y 247/249 del Código Fiscal T.O. 2022 y disposiciones concordantes de años
anteriores, en los montos que se detallan en el Anexo que a todos los efectos forman
parte integrante de la presente resolución.
Artículo 3°.- Establecer que los ingresos de la contribuyente con relación a la actividad
"Venta al por mayor de artículos de bazar y menajes", respecto al período fiscal 2016
(1° a 3° anticipos mensuales), deben tributar a la alícuota del 5% conforme lo
establece el artículo artículo 47 de la Ley Tarifaria aplicable al año 2016.
Artículo 4°.- Concluir el sumario instruido considerando a la contribuyente incursa en la
figura de defraudación fiscal, aplicándole una multa de pesos un millón ciento ochenta
y ocho mil ciento setenta y cinco con 1/100 ($ 1.188.175,01.-), equivalente al ciento
por ciento (100%) del impuesto defraudado, graduada de acuerdo a lo expuesto en los
Considerandos de la presente.
Artículo 5°.- Mantener la extensión de la responsabilidad solidaria respecto del Socio
Gerente de la firma, el Señor Enrique Esteban Pedroza, (con mandato vigente a partir
del 04/10/2014), con domicilio sito en la calle Bolívar Nº 1463, Piso 9°, Departamento
"A", Comuna N° 1, de esta Ciudad y/o quien resulte responsable hasta la actualidad en
virtud de lo establecido en los artículos 11 (incisos 3° y 4°), 12, 15 (inciso 1°) y 124 del
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6472 - 30/09/2022

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR