Notificación N° 955/DGR/21

EmisorMinisterio de Hacienda y Finanzas
Fecha de la disposición28 de Junio de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Notificación - Resolución 955/GCABA-DGR/21
Expediente Electrónico N° 30.306.715/MGEYA-DGR/18
La Subdirección General de Técnica Tributaria de la Dirección General de Rentas
notifica a la contribuyente DISTRIBUIDORA GOLOSINAS Y ALIMENTOS S.A. y al
señor Daniel José D`Agostino términos de la Resolución N° 955-GCABA-DGR-2021,
de fecha 24 de junio de 2021, cuya parte resolutiva se transcribe a continuación:
EL SUBDIRECTOR GENERAL DE TÉCNICA TRIBUTARIA
DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
RESUELVE
Artículo 1º.- Determinar de oficio sobre base presunta y con carácter parcial la materia
imponible y el impuesto resultante de la contribuyente DISTRIBUIDORA GOLOSINAS
Y ALIMENTOS S.A. inscripta en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos como
contribuyente Local del Régimen General bajo el N° 1279728-06 (CUIT N° 33-
71457824-9) con domicilio fiscal sito en la calle Lima Nº 385, Comuna Nº 1, de ésta
Ciudad y con domicilio legal en la calle Lima Nº 385, Piso 10º, Comuna Nº 1, ambos
de esta Ciudad, cuya actividad detectada es "Elaboración de productos de confitería
N.C.P." con respecto al periodo fiscal 2015 (3 a 12 anticipos mensuales) en los montos
que se detallan en el cuadro Anexo, que a todos los efectos forma parte integrante de
la presente Resolución.
Artículo 2°.- Establecer que la contribuyente debe tributar por la totalidad de sus
ingresos a la alícuota del 3% por la actividad "Elaboración de productos de confitería
n.c.p" con relación al período fiscal 2015 (3º a 12° anticipos mensuales), de
conformidad con lo dispuesto por el artículo 55, inciso 1) de la Ley Tarifaria para el año
2015.
Artículo 3°.- Concluir el sumario instruido considerando a la contribuyente incursa en la
figura de omisión fiscal aplicándole una multa de PESOS UN MILLÓN QUINCE MIL
TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS CON 45/100 ($1.015.392,45) equivalente al cien
por ciento (100%) del impuesto omitido graduado de acuerdo a lo expuesto en los
Considerandos de la presente.
Artículo 4º.- Mantener la extensión de la responsabilidad solidaria por el cumplimiento
de las obligaciones tributarias de la contribuyente, el Presidente del Directorio de la
firma, señor Daniel José D`Agostino, D.N.I. N° 11.400.493, con domicilio sito en la
calle Navarro Nº 3462, Planta Baja, Departamento 1º, Comuna N° 11, de esta Ciudad,
en virtud de lo establecido en los artículos 11, incisos 3) y 4), 12, 14 inciso 1) y 112 del
Código Fiscal T.O. 2021 y disposiciones concordantes de años anteriores.
Artículo 5º.- Intimar a la contribuyente, al responsable solidario y/o a quien resulte
responsable hasta la actualidad para que dentro del término de quince (15) días de
quedar notificada y firme la presente, ingrese la suma de PESOS UN MILLÓN
QUINCE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS CON 45/100 ($1.015.392,45) que
resulta adeudar, y que proviene de las diferencias emergentes de esta determinación,
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6157 - 28/06/2021

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