Notificación N° 501/DGCLAP/22

EmisorMinisterio de Hacienda y Finanzas
Fecha de la disposición13 de Mayo de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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SUBSECRETARIA DE GESTION DE RECURSOS HUMANOS
DIRECCION GENERAL CONCURSOS, LEGALES Y ASUNTOS PREVISIONALES
Notificación - Resolución Nº 501-GCABA-SSGRH/22
La Dirección General Concursos, Legales y Asuntos Previsionales, dependiente de la
Subsecretaria de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda y
Finanzas, en atención a las notificaciones infructuosas, notifica al ex agente
Palavecino, Alfredo Constancio, CUIL N° 20-13156273-0, lo resuelto en el
Expediente N° 37970071-GCABA-CTBA/2019 mediante Resolución Nº 501-GCABA-
SSGRH/2022:
"Artículo 1°.-Declárese cesante al agente Palavecino, Alfredo Constancio, CUIL Nº 20-
13156273-0, como Asistente Maquinaria Escénica, en el Complejo Teatral Ciudad de
Buenos Aires, del Ministerio de Cultura, partida
5039.0410.AAE.MED.07/GRAL.AAE.0320 en el marco de lo dispuesto por los artículos
62 inc. b) y 65 inc. c) de la Ley N° 471 (Texto Consolidado según Ley N° 6.347).
Artículo 2°.- Para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General
Concursos, Legales y Asuntos Previsionales, la que deberá practicar fehaciente
notificación al interesado al domicilio sito en la calle Presidente Arturo Illia Nº 6248
(C.P 1847), Localidad Rafael Calzada, Partido Atte. Brown, Provincia de Buenos Aires,
haciéndole saber que la presente no agota la vía administrativa y podrá interponer
recurso de reconsideración en el plazo de diez (10) días o jerárquico en el plazo de
quince (15) días (cfr. arts. 107, 112, 113 y ss. de la Ley de Procedimientos
Administrativos aprobada por el D.N.U. N° 1510/97- texto consolidado por Ley N°
6.347) o el recurso directo previsto en los arts. 464 y 465 del Código Contencioso
Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires (Ley Nº 189 modificada por la
Ley Nº 2435). Posteriormente remítase a las Direcciones Generales de Planificación y
Control Operativo y Administración y Liquidación de Haberes, todas dependientes de
esta Subsecretaría del Ministerio de Hacienda y Finanzas, y al Ministerio de Cultura a
los efectos de su toma de conocimiento. Cumplido, archívese".". De conformidad con
lo establecido en la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos
Aires aprobada por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1.510/97 (Texto Consolidado
por Ley N° 6347, BOCBA Nº 6009), el acto administrativo que se notifica NO AGOTA
la instancia administrativa y podrá interponer recurso de reconsideración en el plazo
de 10 días hábiles o jerárquico en el plazo de 15 días hábiles (cfr. Arts. 107, 112, 113 y
ss. de la Ley de Procedimientos Administrativos) o el recurso directo de revisión
previsto en el artículo 464 y 465 del Código Contencioso Administrativo y Tributario de
la Ciudad de Buenos Aires (Ley 189 texto consolidado por Ley Nº 6347). En caso de
continuar con la vía recursiva, deberá constituir domicilio especial dentro del ámbito de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, no pudiendo constituirse domicilio en las
oficinas públicas (Art. 39 y 40), y el electrónico Art. 51 inc. a)), bajo apercibimiento de
continuar el trámite de los obrados, sin su intervención o disponer la caducidad del
procedimiento conforme lo estipulado en el art. 22 inc. e), ap. 9, de la citada Ley de
Procedimientos Administrativos. QUEDA USTED NOTIFICADO.
Lucila Seco
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6377 - 13/05/2022

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