Notificación N° 3915565/DGR/15

EmisorMinisterio de Economía y Finanzas
Fecha de la disposición 3 de Septiembre de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Notificación - Expediente N° 3.915.565/MGEyA/15
La Subdirección General de Técnica Tributaria de la Dirección General de Rentas
notifica a la contribuyente PERFIDUR S.R.L., los términos de la Resolución N°
2741/DGR/2018, de fecha 21 de Agosto de 2018, cuya parte resolutiva se transcribe a
continuación.
EL SUBDIRECTOR GENERAL DE TÉCNICA TRIBUTARIA
DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
RESUELVE
Artículo 1º: Concluir el sumario instruido a PERFIDUR S.R.L., en su carácter de
Agente de Recaudación del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos inscripta como tal
bajo el N.º 10974-3, CUIT N° 30- 63416316-2, con domicilio fiscal en la calle Siglo XX
Nº 1870, Localidad Villa Gregoria Matorras del Partido de San Martín, Provincia de
Buenos Aires, según fojas 351, considerándola incursa en la infracción prevista y
sancionada en el párrafo tercero del artículo 113 del Código Fiscal (t.o. 2018), y
disposiciones concordantes de años anteriores, en mérito a lo expuesto en los
"Considerandos" de la presente.
Artículo 2º: Aplicar a la sumariada una multa $ 156.183,90.- (Pesos Ciento cincuenta y
seis mil ciento ochenta y tres con 90/100), equivalente al 50 % del importe de las
percepciones correspondiente a los meses 1 del año 2014 al 7 del año 2015 omitidas,
conforme lo señalado en los considerandos de la presente.
Artículo 3°: Intimar a PERFIDUR S.R.L., para que dentro del plazo de 15 (quince) días
de quedar notificada y firme la presente, contados a partir del primer día siguiente hábil
al de su notificación, ingrese la suma de $ 156.183,90.- (Pesos Ciento cincuenta y seis
mil ciento ochenta y tres con 90/100); debiendo acreditar su pago ante esta Dirección
General de Rentas bajo apercibimiento de iniciar el proceso de ejecución fiscal y de
solicitar la inhibición general de bienes y/o el embargo preventivo -en caso de
corresponder-, de acuerdo a lo previsto en el artículo 3, inciso 12, del Código Fiscal
2018 y disposiciones concordantes de años anteriores. A los efectos de obtener la
boleta para el pago de la multa, la obligada podrá solicitarla mediante correo
electrónico a la siguiente dirección direcsumarios@agip.gov.ar -debiendo consignar el
número de Expediente, el número de Resolución y el importe de la multa-, o concurrir
ante la Dirección Sumarios dependiente de la Subdirección General de Técnica
Tributaria de la Dirección General de Rentas sita en la calle Viamonte al N.º 900
(Edificio Esmeralda, Piso 4º), de esta Ciudad, a los fines de posibilitar su pago
intimado.
Artículo 4º: Intimar a PERFIDUR S.R.L., para que dentro del término de quince (15)
días de notificada esta Resolución, acredite en la presente actuación toda modificación
de su empadronamiento o de su situación fiscal, especialmente pagos, acogimientos o
cancelación de planes de facilidades, cambio de domicilio fiscal o en definitiva
cualquier otro acto o hecho que no se hubiera tenido en cuenta al tiempo del dictado
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5448 - 03/09/2018

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