Notificación N° 2292/DGR/21

EmisorMinisterio de Hacienda y Finanzas
Fecha de la disposición16 de Diciembre de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Notificación - Resolución N° 2292-GCABA-DGR/21
Expediente Electrónico N° 14.781.918-MGEYA -DGR/17
La Dirección General de Rentas notifica a la contribuyente MO LE
CONSTRUCCIONES S.A., los términos de la Resolución N° 2292-GCABA-DGR-2021,
de fecha 10 de diciembre de 2021, cuya parte resolutiva se transcribe a continuación:
EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS
RESUELVE
Artículo 1º.- Iniciar el procedimiento de determinación de oficio sobre base presunta y
con carácter parcial de la materia imponible y de las obligaciones fiscales
consiguientes con relación al Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, a la contribuyente
MO LE CONSTRUCCIONES S.A., inscripta en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos
como Contribuyente de Convenio Multilateral bajo el N° 901-652345-9 que registra
cese observado con fecha 18/09/2017, CUIT N° 30-71500976-1, con domicilio fiscal en
la calle Maipú N° 671, Piso 2°, Departamento 3, Comuna N° 1, de esta Ciudad, cuya
actividad sujeta a tributo consiste en "Construcción, reforma y reparación de edificios
no residenciales", con relación a los períodos fiscales 2016 (1° a 12° anticipo mensual)
y 2017 (1° a 8° anticipos mensuales).
Artículo 2º.- Dejar constancia que en esta instancia no se instruye sumario a la
contribuyente, toda vez que conforme lo expuesto en los considerandos de la
presente, resulta de aplicación lo establecido en el artículo 149, inciso 2) del Código
Fiscal T.O. 2021 y disposiciones concordantes de años anteriores.
Artículo 3º.- Hacer extensiva la responsabilidad solidaria por el cumplimiento de las
obligaciones emergentes del procedimiento de determinación de oficio que por esta
vía se inicia, al Presidente de la firma señor Ariel Maximiliano Leyes, D.N.I N°
32.071.965, con domicilio denunciado ante la AFIP en la calle 853 S/N, de la localidad
de Quilmes, Partido homónimo de la Provincia de Buenos Aires y/o a quien resulte
responsable hasta la actualidad, en virtud de lo establecido en los artículos 11 (incisos
3º y 4º), 12 y 14 (inciso 1º) del Código Fiscal T.O. 2021 y disposiciones concordantes
de años anteriores motivo de ajuste.
Artículo 4º.- Conferir vista de estas actuaciones a la contribuyente, al responsable
solidario y/o a quien resulte responsable hasta la actualidad, para que dentro del
término de quince (15) días, contados a partir del primer día hábil siguiente al de
notificada esta Resolución, presenten por escrito su descargo, ofrezcan y produzcan
las pruebas que hagan a su derecho; debiendo el presentante acreditar la personería
jurídica invocada de no estarlo en las actuaciones, bajo apercibimiento de disponer su
rechazo "in limine".
Artículo 5º.- Consignar que las planillas de diferencias de verificación forman parte
integrante de la presente Resolución.
Artículo 6º.- Intimar a la contribuyente, al responsable solidario y/o a quien resulte
responsable hasta la actualidad, para que dentro del término de quince (15) días de
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6277 - 16/12/2021

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