Notificación N° 1235/DGR/22

EmisorMinisterio de Hacienda y Finanzas
Fecha de la disposición23 de Mayo de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Notificación - Resolución N.º 1235-GCABA-DGR/22
Expediente Electrónico N°14.422.925-MGEyA-DGR/18
La Subdirección General de Técnica Tributaria de la Dirección General de Rentas
notifica al contribuyente COSTANZO MÁXIMO ARCÁNGEL los términos de la
Resolución N.º 1235-GCABA-DGR-2022, de fecha 13 de mayo de 2022, cuya parte
resolutiva se transcribe a continuación:
EL SUBDIRECTOR GENERAL DE TÉCNICA TRIBUTARIA
DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
RESUELVE
Artículo 1°.- Iniciar el procedimiento de determinación de oficio sobre base cierta y con
carácter parcial de la materia imponible y de las obligaciones fiscales consiguientes en
relación con el Impuesto sobre los Ingresos Brutos a COSTANZO MÁXIMO
ARCÁNGEL, inscripto en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos como contribuyente
Local del Régimen General bajo el N° 1224560-07 (con cese observado el 28- 02-
2019), CUIT N° 20-12426025-7, con domicilio fiscal en la calle Bulnes N° 465, Planta
Baja, perteneciente a la Comuna N° 5 de esta Ciudad, cuya actividad detectada sujeta
a tributo consiste en "Venta al por menor de materiales y productos de limpieza“
correspondientes a los períodos fiscales 2016 (1° a 12° anticipos mensuales) y 2017
(4° anticipo mensual).
Artículo 2°.- Instruir sumario al contribuyente mencionado por la comisión presunta de
infracciones sancionadas en las normas fiscales referidas en los "Considerandos" de
la presente.
Artículo 3°.- Conferir vista de estas actuaciones al contribuyente COSTANZO MÁXIMO
ARCÁNGEL, para que en el término de quince (15) días de notificada esta Resolución,
exprese por escrito su descargo, ofrezca y produzca las pruebas que hagan a su
derecho debiendo acreditar el presentante la personería jurídica invocada de no
estarlo en la actuación, bajo apercibimiento de su no consideración en la resolución de
la causa.
Artículo 4°.- Consignar que las planillas de diferencias de verificación forman parte
integrante de la presente Resolución.
Artículo 5°.- Intimar al contribuyente COSTANZO MÁXIMO ARCÁNGEL para que
dentro del término de quince (15) días de notificada esta Resolución, declare si ha
interpuesto demanda impugnativa contra un acto administrativo sancionatorio dictado
por esta Administración Tributaria con anterioridad, aportando en caso afirmativo, los
elementos conducentes a su fehaciente acreditación, y a los fines de realizar un
correcto encuadre de su situación infractora, conforme lo pautado por los artículos
125/126 del Código Fiscal para el año 2022 y disposiciones concordantes de años
anteriores, todo ello bajo apercibimiento de resolver las presentes conforme las
constancias de autos.
Artículo 6°.- Intimar al contribuyente COSTANZO MÁXIMO ARCÁNGEL, para que
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6382 - 23/05/2022

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