Notificación N° 10843240/DGR/16

EmisorMinisterio de Economía y Finanzas
Fecha de la disposición16 de Agosto de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Notificación - E.E. N° 10.843.240-MGEYA-DGR/16
La Subdirección General de Técnica Tributaria de la Dirección General de Rentas
notifica a la contribuyente GRUPO CHACABUCO S.R.L. y a su responsable
solidario, el Señor Héctor Daniel Saggese, los términos de la Resolución N°
2538/DGR/2018, de fecha 10 de agosto de 2018, cuya parte resolutiva se transcribe a
continuación:
EL SUBDIRECTOR GENERAL DE TÉCNICA TRIBUTARIA
DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
RESUELVE
Artículo 1º.- Impugnar las declaraciones juradas efectuadas por la contribuyente
GRUPO CHACABUCO S.R.L. inscripta en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos en el
Régimen General como contribuyente Local bajo el N° 1204855-11, CUIT Nº 30-
71121180-9, con domicilio fiscal en la calle Cachimayo 748, perteneciente a la
Comuna N° 7, con domicilio comercial sito en la calle Emilio Mitre N.º 781, piso 11,
oficina "B", pertenenciente a la Comuna N.º 7, y con domicilio fiscal registrado ante
A.F.I.P. sito en la calle Paysandú 463, piso 5° A, perteneciente a la Comuna N.º 6,
todos de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuya actividad declarada sujeta a
tributo consiste en "Venta mayorista de artículos de cuero" con relación a los períodos
fiscales 2013 (1° a 5° y 7° anticipos mensuales).
Artículo 2º.- Determinar de oficio sobre base presunta y con carácter parcial la materia
imponible y el impuesto resultante de la contribuyente, por el período fiscal 2013 (1° a
5° y 7° anticipos mensuales) en los montos que se detallan en el Anexo, que a todos
los efectos forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3°.- Concluir el sumario instruido considerando a la contribuyente incursa en la
figura de defraudación fiscal aplicándole una multa de pesos quinientos sesenta y
cuatro mil sesenta y siete con 20/100 ($ 564.067,20.-) equivalente al cien por ciento
(100%) del impuesto defraudado ($ 564.067,20.-), conforme se desprende del Anexo
que forma parte integrante de la presente.
Artículo 4°.- Mantener la extensión de la responsabilidad solidaria por el cumplimiento
de las obligaciones tributarias de la contribuyente al Socio Gerente de la firma, señor
Héctor Daniel Saggese, DNI N° 12.706.690 con domicilio fiscal declarado ante la
A.F.I.P. en la calle Montevideo 418 piso 11° de esta Ciudad Autónoma de Buenos
Aires y domicilio constituido con fines sociales en la calle Mendoza N.º 4465, Paso del
Rey, Provincia de Buenos Aires y/o quien resulte responsable hasta la actualidad en
virtud de los artículos 11 incisos 4) y 5), 12, 14 inciso 1) y 110 del Código Fiscal T.O.
2018 y disposiciones concordantes de años anteriores.
Artículo 5°: Hacer efectivo el apercibimiento contenido en el artículo 6° de la
Resolución N° 316-DGR-2017 y, en consecuencia, tener por constituido el domicilio de
la contribuyente en la sede de esta Administración General de Ingresos Públicos en
mérito a lo dispuesto en los Considerandos y por válidamente notificada la presente
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5437 - 16/08/2018

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