Notificación N° 1061/DGR/21

EmisorMinisterio de Hacienda y Finanzas
Fecha de la disposición 8 de Septiembre de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Notificación - Resolución 1061/GCABA-DGR/21
Expediente Electrónico N.º 27.665.156/MGEYA-DGR/16
La Subdirección General de Técnica Tributaria de la Dirección General de Rentas
notifica a la contribuyente CORPORACIÓN CENTRAL DE ALIMENTOS S.R.L y a su
Socia-Gerente de la firma, señora Claudia Rosana Batsios, los términos de la
Resolución N° 1061-GCABA-DGR-2021, de fecha 6 de julio de 2021, cuya parte
resolutiva se transcribe a continuación:
EL SUBDIRECTOR GENERAL DE TÉCNICA TRIBUTARIA
DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
RESUELVE
Artículo 1º.- Impugnar las Declaraciones Juradas presentadas por la contribuyente
CORPORACIÓN CENTRAL DE ALIMENTOS S.R.L., inscripta en el Impuesto Sobre
los Ingresos Brutos como contribuyente local del Régimen General bajo el Nº 902-
668900-6 hasta el 01/03/2018 (con cese observado), CUIT N° 30-71224319-4, con
domicilio fiscal en la calle Sargento Cabral N.º 3353, Localidad de Lomas del Mirador,
Provincia de Buenos Aires, cuya actividad sujeta a tributo consiste en "Venta al por
mayor de productos alimenticios n.c.p.", respecto de los períodos fiscales 2015 (1° a
12° anticipos mensuales) y 2016 (01° a 03° anticipos mensuales).
Artículo 2°.- Determinar de oficio sobre base presunta y con carácter parcial la materia
imponible y el impuesto resultante de la contribuyente respecto de los períodos
fiscales 2015 (1° a 12° anticipos mensuales) y 2016 (01° a 03° anticipos mensuales),
en los montos que se detallan en el Anexo, que a todos los efectos forma parte
integrante de la presente Resolución.
Artículo 3°.- Establecer que a la contribuyente le corresponde tributar a la alícuota
general del 5% correspondiente a la actividad "Venta al por mayor de productos
alimenticios n.c.p.", respecto de los períodos fiscales 2015 (1° a 12° anticipos
mensuales) y 2016 (01° a 03° anticipos mensuales), conforme lo establecido en el
artículo 47 de la Ley Tarifaria para el año 2016 y concordante para el año 2015 motivo
de ajuste.
Artículo 4°.- Concluir el sumario instruido considerando a la contribuyente incursa en la
figura de omisión fiscal aplicándole una multa de $661.666,61.- (Pesos seiscientos
sesenta y un mil seiscientos sesenta y seis con sesenta y un centavos) equivalente al
ciento por ciento (65 %) del impuesto omitido ($1.017.984,63.-) conforme se
desprende del Anexo que forma parte integrante de la presente.
Artículo 5°.- Mantener la extensión de la responsabilidad solidaria por el cumplimiento
de las obligaciones tributarias de la contribuyente a la Socio-Gerente de la firma,
señora Claudia Rosana Batsios, DNI N° 21.476.632, con domicilio en la calle José
Ingenieros N° 2002, Piso 1, Departamento 2, de la Localidad de Ciudadela, Provincia
de Buenos Aires y con los domicilios donde fue ubicada por la inspección actuante en
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6210 - 08/09/2021

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