NOTIFICACIÓN DE EDICTOS

Fecha30 Marzo 2022
Número de registro35843
EmisorDIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD

En relación a los autos administrativos N° 16101-0149922-0 y su agregado Expediente Nº 16101-0150106-4, del Registro del Sistema de Información de Expedientes, caratulados Acta de Constatación de Infracción N° 2574 de fecha 20/08/2015, se procede a notificar fehacientemente por este medio conforme lo preceptuado en los artículos 21° inc. c) y 29° del Decreto N° 4174/15 de Actuaciones Administrativas, a los infractores: BERGESE, DANIEL SANTIAGO, con ultimo domicilio conocido en T. Juarez B. Mitre de la localidad de Arroyito, Provincia de Córdoba y CAFFARATTA ITALO JOSE LIBERATO, con ultimo domicilio conocido en Bartolomé Mitre Nº 511 de la localidad de Arroyito, Provincia de Córdoba, de lo establecido en la Resolución Nº 1934 dictada en fecha 04/11/2021 por el Administrador General de la Dirección Provincial de Vialidad Sr. Oscar Ceschi y que textualmente en su parte pertinente expresa lo siguiente: “VISTO…y CONSIDERANDO…RESUELVE: ARTICULO 1º.- Aprobar el Acta de infracción Nº 2574 de fecha 20/08/2015, conforme lo dispone la normativa vigente. ARTICULO 2º.- Rechazar el recurso de revocatoria interpuesto por el señor Caffaratta, Italo José y la Señora Karen del Valle Cotella, mediante apoderado, contra el Acta Nº 2574 de fecha 20/08/2015, por los motivos invocados en los considerados que anteceden, y disponga elevar las actuaciones al Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos y Hábitat en virtud de la apelación planteada subsidiariamente. ARTICULO 3º.- Intimar al conductor BERGESE, DANIEL SANTIAGO, con domicilio en T. Juarez B. Mitre de la localidad de Arroyito, Provincia de Córdoba; al transportista CAFFARATTA ITALO JOSE LIBERATO, con domicilio Bartolomé Mitre Nº 511 de la localidad de Arroyito, Provincia de Córdoba; y cargador KAREN COTELLA, con domicilio en Zona Rural, de la localidad de Transito, Provincia de Córdoba y/o Emilio Olmos 462 de Transito, Provincia de Córdoba; para que en el plazo perentorio e improrrogable de 20 días de recibida la presente, abonen la suma de $87.413,88 (Pesos Ochenta y Siete Mil Cuatrocientos Trece con 88/100), con más el interés resarcitorio conforme la Tasa Activa Promedio que establece el Banco Nación para las operaciones de Descuentos Comerciales desde el momento en que se cometió la infracción y hasta la fecha de su efectivo pago, bajo apercibimiento de procederse a la ejecución por vía judicial. El pago deberá efectuarse en el domicilio de la Dirección General de Finanzas y Presupuesto de la Dirección...

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