NOTIFICACIÓN

Fecha08 Noviembre 2018
Número de registro373476
EmisorSUBSECRETARÍA DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA, DELEGACIÓN RECONQUISTA

Por Disposición de SILVIA ALEJANDRA VIRILI, Delegada a cargo de la Subsecretaría de la Niñez, Adolescencia y Familia, Delegación Reconquista, en los autos caratulados: “SUBSECRETARÍA DE LOS DERECHOS DE LA NIÑÉZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA s/MEDIDA DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL - LUZMILA MILAGROS PÉREZ-“ Expediente Administrativo Nº 01503-0005494-7, se notifica a la Sra. Lorena Celeste Pérez, que se ha ordenado lo siguiente: Disposición ME-RE Nº 0374 “Reconquista, 16 de octubre de 2018. VISTOS:... CONSIDERANDO:... DISPONE: ARTÍCULO 1°: Adoptar una Medida de Protección Excepcional, conforme la normativa legal establecida en la ley provincial 12.967 y su correlato en la Ley Nacional Nº 26.061, respecto de la niña LUZMILA MILAGROS PÉREZ, D.N.I. 53.184.841, nacida en fecha 1/06/2013, de 5 años de edad, hija de la Sra. Pérez Lorena Celeste, D.N.I. 37.146.762, con domicilio legal en Teófilo Romang Nº 1820, de la ciudad de Romang, Depto. San Javier, de la provincia de Santa Fe, pero actualmente de paradero desconocido. ARTÍCULO 2°: Adoptar la Medida de Protección Excepcional por el plazo de noventa (90) días, durante el cual la niña permanecerá a cargo de la señora Anabella Beatriz González, D.N.I. 24.447.076, FN 25/05/1975, con domicilio en Baltazar Carnicier N° 978, de la localidad de Romang. ARTÍCULO 3°: Notificar la Medida de Protección Excepcional a los representantes legales y a las partes interesadas. ARTÍCULO 4°: Aprobar el plan de acción trazado a los fines de hacer cesar la vulneración y amenaza de los derechos de la niña, facultándose a este equipo interdisciplinario a modificarlo cuando varíen las condiciones de hecho que dieron origen a esta medida, o cuando las circunstancias y el interés superior...

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