NOTIFICACIÓN

Fecha07 Septiembre 2022
Número de registro484020
EmisorADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DE IMPUESTOS

Por disposición del señor Administrador Provincial, se notifica a la firma ROSARIO ELECTRO INDUSTRIAL S.R.L. en el domicilio sito en calle Rueda N° 2148 y en el domicilio sito en calle Córdoba N° 677 PB, al señor SALVADOR MARRANO y al señor DANIEL HECTOR MARRANO, en carácter de socios gerentes de Rosario Electro Industrial S.R.L., con domicilio sito en calle Moreno NO3086, todos de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, por edicto en el BOLETÍN OFICIAL que se publica a sus efectos por tres días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 35 de la Ley Nº 3456 y Modif. (Texto Ordenado 2014), la Resolución N° 009/22 IND, dictada en autos caratulados Expediente N° 13302-0849950-4 y Agregados, Rosario Industrial S.R.L.

Rosario, 05 de Enero de 2022

VISTO:

CONSIDERANDO:

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: No hacer lugar al recurso de reconsideración interpuesto contra la Resolución N° 328-512018 de la Administración Regional Rosario por el C.P. Emilio Horacio Silva, en su carácter de Sindico de la quiebra de la firma Rosario Electro Industrial S.R.L., CUIT Nº 30-59528120-9, Cuenta N° 921-751471-8 del impuesto sobre los Ingresos Brutos, con domicilio fiscal en calle Rueda N° 2148 y domicilio especial en calle Córdoba N° 677, PB, ambos de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, de conformidad a los considerados expuestos.

ARTÍCULO 2º: Requerir a Rosario Electro Industrial S.R.L., y/o Salvador Marrano, y/o Daniel Héctor Marrano, dentro del plazo de 15(quince) días establecidos por el Art. 99 del Código Fiscal(t.o Decreto 4481/14) el ingreso de la suma de $ 377.277,19 (Pesos trescientos setenta y siete mil doscientos setenta y siete con 19/100), respecto del Impuesto sobre los Ingresos Brutos por infracciones en el cumplimiento de las obligaciones fiscales por los periodos 07 a 12/2010, 01 al 12/2011, 01 a 12/2012 y 01 a 08/2019; interés, multas y penalidades pertinentes, de conformidad a los considerados precedentes. Los intereses serán recalculados al momento de su efectivo pago.

ARTÍCULO 3°: De acuerdo a las facultades conferidas por el art. 46 del Código Fiscal (t.o. Decreto 4481/14) se intima para que en el termino de 15 (quince) días de notificada la deuda fiscal exigida en el articulo que antecede, exhiba o remita las constancias respectivas ante las dependencias de la Administración Regional Rosario, sita en calle Tucumán N° 1853, de la ciudad de Rosario, Prov. Santa Fe, bajo apercibimiento de confeccionar sin mas trámite el titulo ejecutivo respectivo,...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR