NOTIFICACIÓN

Fecha18 Septiembre 2019
Número de registro29421
EmisorDIRECCIÓN PROVINCIAL DE PROMOCIÓN DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA

Por Resolución de la Delegación San Lorenzo, perteneciente a la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia -2da Circunscripción, Dra. Claudia Aguilera,hago saber al Sr. Damian Eduardo Aguirre, DNI 29.813.567, domicilio desconocido, que dentro de los legajos administrativos Nros. 13588 y 13589 referenciados administrativamente como AGUIRRE FACUNDO y LAUTARO s/MEDIDA DE PROTECCION EXCEPCIONAL DE URGENCIA” que tramita por ante la Delegación San Lorenzo de la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia, se dirige a Ud. el presente a fin de NOTIFICAR la siguiente disposición que a continuación se transcribe: “San Lorenzo, 4 de septiembre de 2019. MEDIDA DE PROTECCION EXCEPCIONAL DE URGENCIA- ART. 58 BIS LEY PROVINCIAL N°12967 ORDEN N°37/19 Atento a lo evaluado por el equipo interdisciplinario de la Dirección Provincial de niñez Delegación San Lorenzo, respecto a la situación de los niños Lautaro Damian Aguirre DNI 47.923.172, FN 02/06/2007 y Facundo Benjamin Aguirre, DNI 49.141.551, FN 01/12/2008, hijos de M. Fernanda Taddey, con domicilio en calle Misiones 408 de Capitan Bermudez. Y dado que se encuentra verosímilmente acreditada la situación de vulneración de derechos, existiendo grave riesgo para la vida e integridad psicofísica de la misma, se dispone adoptar Medida Excepcional de Urgencia; por los motivos que a continuación se esgrimen: Que en fecha 04/09/19 se presentó en forma espontánea en la Delegación de Niñez de San Lorenzo la Sra. Rosalia Galarraga, abuela paterna de los niños de mención, anoticiando una denuncia radicada en fecha 31/08/19 por violencia familiar contra la Sra. Taddey, progenitora de los niños, quien habría golpeado al niño Lautaro, razón por la cual el niño no quiso retornar a su domicilio, por lo que actualmente se encuentra alojado con su abuela. Cabe aclarar que la Sra. Galarraga también aloja a la adolescente Abril Aguirre, hermana de los niños, quien se encuentra bajo Medida Excepcional de Urgencia, Orden N°28/19 de fecha 12/06/19. Que el Juzgado de Familia de San Lorenzo ha tomado conocimiento de la situación solicitando intervención mediante oficio nro. 4474 de fecha 02/09/19, todo lo que amerita la adopción de una medida de protección excepcional de urgencia. A continuación se trascribe Art. 58 Bis “...Los trámites administrativos que demande la adopción de la medida de protección excepcional no obstan la aplicación urgente e inmediata de...

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