NOTIFICACIÓN

Fecha06 Enero 2019
Número de registro29059
EmisorDIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD

En relación a los autos administrativos N° 16136-0003699-0 del Registro del Sistema de Información de Expedientes, caratulados Acta de Constatación de Infracción Nº 2978 de fecha 11/09/2018 se procede a notificar fehacientemente por este medio conforme lo preceptuado en los artículos 21º inc. c) y 29° del Decreto N° 4174/15, a lo infractor Savyc S.A. con ultimo domicilio conocido en R.P. N° 18 Km. 1,5 de la localidad de Rosario, Provincia de Santa Fe, de lo establecido en la Resolución N.º 1931 dictada el 10 de Diciembre de 2018 por el Sr. Rafael A. De Pace Sub Administrador General de la Dirección Provincial de Vialidad por ausencia del Sr. Administrador General y que textualmente en su parte pertinente expresa lo siguiente: Visto… y Considerando…Resuelve: ARTICULO 1º.- Aprobar el Acta de Infracción Nº 2978 de fecha 11/09/2018, conforme lo dispone la normativa vigente. ARTICULO 2º.- Rechazar el descargo formulado por los infractores Sres. Bruno Gerardo David y Zuliani Diego Eduardo por derecho propio, contra el Acta de Infracción referida por los motivos invocados en los considerandos que anteceden. ARTICULO 3º.- Intimar al Conductor Bruno Gerardo David, con domicilio en Belgrano 735, de la localidad de Timbúes, Provincia de Santa Fe, los Transportistas Zuliani Diego Eduardo con domicilio en Baigorria 592 de la localidad de Granadero Baigorria, Provincia de Santa Fe y Transporte Joaquin S.R.L. con domicilio en José Ingeniero 564 de la localidad de Granadero Baigorria, Provincia de Santa Fe, y el cargador Savyc S.A. con domicilio en R.P. N° 18 Km. 1,5 de la localidad de Rosario, Provincia de Santa Fe, para que en un plazo perentorio e improrrogable de 20 (veinte) días de recibida la presente, abonen la suma de $12.147,70 (Pesos doce mil ciento cuarenta y siete con 70/100), con mas el interés resarcitorio de la Tasa Activa Promedio que establece el Banco Nación para las operaciones de descuentos comerciales desde el momento en que se cometió la infracción y hasta la fecha de su efectivo pago. ARTICULO 4º.- La falta de pago en el término acordado dará lugar a la iniciación del juicio ejecutivo, a cuyo efecto se autoriza a la Dirección...

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