NOTIFICACIÓN

Número de registro384109
Fecha22 Marzo 2019
EmisorADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DE IMPUESTOS

Por disposición del Señor Administrador Regional Rosario, se notifica a PICCO GUSTAVO REINALDO, C.U.I.T. N° 20-17326177-3, Cuenta Nº 450-002126-4 con domicilio fiscal en Mendoza 3930, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, por EDICTO en el Boletín Oficial que se publica a sus efectos por tres días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 35 inciso f) del Código Fiscal Ley 3456 (t.o. 2014 y modificatorias), la Resolución Nº 823-5/18 dictada en Autos caratulados “Expediente Nº 13302-0962742-1, PICCO GUSTAVO REINALDO “

Rosario, 22 de Noviembre de 2018.

VISTO:. ..CONSIDERANDO:... RESUELVE:

Artículo 1°: Dar por cerrado el Sumario instruido al contribuyente PICCO GUSTAVO REINALDO como Agente de Retención y/o Percepción por el impuesto sobre los Ingresos Brutos, empadronado bajo la cuenta Nº 450-002126-4, C.U.I.T. N° 20-17326177-3, con domicilio fiscal en calle Dr. Francisco Riva 736 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, declarado en Quiebra mediante Resolución N° 2302 de fecha 22/08/2017 y su aclaratoria N° 2374 de fecha 28/08/2017, Expte. Judicial 21-02864902-6 del Juzgado de 1° Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 11° Nominación de Rosario, por presunta infracción en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales;

Artículo 2°: Establecer las penalidades como consecuencia de mantener en su poder impuestos retenidos y/o percibidos después de haber vencido los plazos en que debieron ingresarse al Fisco por su actuación como Agente de Retención y/o Percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, bajo la cuenta N° 450-002126-4 de acuerdo a las liquidaciones obrantes a fs. 140 a 151 de conformidad al siguiente detalle:

Artículo 3°: Requerir a la citada firma, dentro del plazo de 15 (quince) días establecidos por el artículo 93 del Código Fiscal Ley 3456 y modificatorias (t.o. 2014 - Decreto N° 4481/2014), el ingreso de la suma de $ 93.000,00 (pesos noventa y tres mil) en concepto de multa por infracción a los deberes formales, según lo detallado en el articulo anterior.

Artículo 4°: Conforme lo dispuesto en la Ley 12.071, se le hace saber que le asiste el derecho de interponer formal recurso de reconsideración en los términos del artículo 119 del Código Fiscal vigente, dentro de los 15 (quince) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente.

Artículo 5°: Regístrese y pase a la Dirección de Control Fiscal Interno a los efectos de su conocimiento, notificación al contribuyente PICCO GUSTAVO REINALDO...

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