Notificacion
Fecha de Entrada en Vigor | 12 de Agosto de 2017 |
Emisor | Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez Adolescencia y Familia |
Fecha de la disposición | 11 de Enero de 2017 |
NOTIFICACION
Por disposición del Señor Director Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez Adolescencia y la Familia Santa Fe, en los autos: S/ MEDIDA DE PROTECCIÓN LOPEZ JOEL BRIAN Nº DE LEGAJO 011742”; Expediente Nº 01503-0004831-5 del Registro de Información de Expediente (Legajo Signa Nº 011742 -Equipo de Atención y Diagnóstico Distrito Noreste-; se cita, llama y emplaza a la Sra. Eliana MORATA, con D.N.I. 33.269.084, con domicilio real desconocido; notificándola a tal fin que se ha ordenado lo siguiente: Disposicion N° 000055, Santa Fe, “Cuna de la Constitución”, 11 de julio de 2017... VISTO... CONSIDERANDO... DISPONE: ARTÍCULO Nº 1: Adoptar una Medida de Protección Excepcional, conforme a las normativas legales establecidas en la Ley Provincial Nº 12.967 que tiene como sujetoS de protección a los niños ALAN LUIS LOPEZ, D.N.I. N° 44.865.690, fecha de nacimiento 09/06/2003, de 14 años de edad y JOEL BRIAN LOPEZ, D.N.I. Nº 47.442.259, fecha de nacimiento 02/10/2006, de 10 años de edad; siendo sus progenitores en ejercicio de la responsabilidad parental la Sra. Eliana Lucía Morata, D.N.I. N° 33.296.561, con domicilio actual desconocido y el Sr. Luis Alberto Lopez, D.N.I. Nº 26.378.084, con domicilio real en Pasaje Montiel Nº 9.365 de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe . Que la Medida de Protección Excepcional, tiene por objeto regularizar la situación legal de los niños y continuar con la separación transitoria de la convivencia de su progenitor, quedando alojados transitoriamente en el domicilio de su bisabuela. ARTICULO Nº 2: Establecer dicha Medida de Protección Excepcional por el plazo de noventa (90) días, término que comenzará a correr a partir de que dicha medida adoptada, quede firme. Durante el transcurso de la Medida de Protección Excepcional, la contención y el abordaje de la problemática social continuarán siendo ejercidos por el Equipo Territorial de Atención y Diagnóstico del Distrito Noreste dependiente de la Subsecretaría de la Niñez, Adolescencia y Familia de la Provincia de Santa Fe de manera articulada y coordinada con los los demás profesionales que intervienen en la situación. ARTICULO Nº 3: Efectuar el procedimiento destinado a la notificación de la adopción de la Medida de Protección Excepcional a las partes interesadas y peticionar el pertinente Control de la Legalidad de la misma por ante el órgano jurisdiccional competente, ello a cargo del Área Legal dependiente de la Subsecretaría de los...
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