Notificacion

EmisorDirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia
Fecha de la disposición28 de Marzo de 2016

DIRECCION PROVINCIAL DE PROMOCION DE LOS

DERECHOS DE LA NIÑEZ,

ADOLESCENCIA Y FAMILIA

Por disposición de la Señora Directora Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez Adolescencia y la Familia Santa Fe, en los autos: “S/ Medida de Protección Excepcional Marcelo Aguirre, Brian Nicolás Castro y Jonatan Iván Aguirre”; Expediente Nº 01503-0002709-1, del Registro de Información de Expediente (Legajos Signa Nº 7660/9498/9499) -Equipo de Atención y Diagnóstico Distrito Noreste-; se cita, llama y emplaza a la Sra. Sandra Karina CASTRO, con D.N.I. 25.239.955, con domicilio real desconocido; notificándola a tal fin que se ha ordenado lo siguiente: Disposicion N° 000207, Santa Fe, “Cuna de la Constitución”, 03 de diciembre de 2015... VISTO... CONSIDERANDO... DISPONE: ARTÍCULO Nº 1: Adoptar una Medida de Protección Excepcional, conforme a las normativas legales establecidas en la Ley Provincial Nº 12.967 que tiene por sujeto de protección al adolescente MARCELO AGUIRRE, DNI N° 43.841.807, fecha de nacimiento 28/12/2001, de trece años de edad,; siendo sus progenitores en ejercicio de la responsabilidad parental, la Sra. Sandra Karina Castro, D.N.I. N° 25.239.955, con domicilio actual desconocido y el Sr. Humberto Rafael Aguirre, DNI N° 25.497.493, con domicilio en calle Alberdi arribando a la intersección con Camino Viejo a Esperanza, Barrio Escarafía, Ciudad. Que la Medida de Protección Excepcional, tiene por objeto regularizar la situación legal del adolescente, y continuar con la separación transitoria de la convivencia de sus progenitores, quedando alojado transitoriamente bajo el Sistema de Cuidados Institucionales de este organismo, todo de acuerdo al art. 52 de la Ley Provincial Nº 12.967. ARTICULO Nº 2: Establecer dicha Medida de Protección Excepcional por el plazo de noventa (60) días, término que comenzará a correr a partir de que dicha medida adoptada, quede firme. Durante el transcurso de la Medida de Protección Excepcional, la contención y el abordaje de la problemática social continuarán siendo ejercidos por el Equipo Territorial de Atención y Diagnóstico del Distrito Noreste dependiente de la Subsecretaría de la Niñez, Adolescencia y Familia de la Provincia de Santa Fe de manera articulada y coordinada con los demás profesionales que intervienen en la situación. ARTICULO Nº 3: Efectuar el procedimiento destinado a la notificación de la adopción de la Medida de Protección Excepcional a las partes interesadas y peticionar el...

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